Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 50

Fecha del Boletín 
28-02-2020

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200228-18

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

18
ORDEN de 5 de diciembre de 2019, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, de tramitación anticipada, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para la concesión directa, durante el año 2020, de subvenciones destinadas al fomento de la contratación estable de mujeres víctimas de violencia de género, personas víctimas del terrorismo y personas en riesgo de exclusión social en el mercado ordinario de trabajo.

La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece en el artículo 4.5.c), que podrán concederse de forma directa y con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. El órgano concedente deberá publicar la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, previa la tramitación del expediente de gasto que corresponda.

Aprobadas las normas reguladoras y el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas al fomento de la contratación, en las empresas del mercado ordinario, de mujeres víctimas de violencia de género, personas víctimas del terrorismo y personas en situación o riesgo de exclusión social, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 10 de julio de 2018, al concurrir las razones excepcionales establecidas para la aplicación del procedimiento de concesión directa, y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, como órgano concedente de las referidas ayudas, de acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley 2/1995.

RESUELVO

Primero

El importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa, durante el año 2020, de los incentivos para la contratación por cuenta ajena de mujeres víctimas de violencia de género, personas víctimas del terrorismo y personas en riesgo de exclusión social, es de 500.000 euros.

Segundo

Las referidas obligaciones se imputarán al subconcepto 47202-Políticas Activas de Empleo, del Programa presupuestario 241-M Promoción y Fomento del Empleo, centro gestor 200150000, del Presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid para 2020.

El crédito presupuestario de 500.000 euros es sufragado con fondos procedentes del presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal.

La eficacia de esta Orden queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de la Comunidad de Madrid para el año 2020.

Tercero

Se habilita al titular de la Dirección General del Servicio Público de Empleo para dictar cuantos actos e instrucciones sean necesarias para la ejecución y aplicación de la presente Orden.

Cuarto

Esta Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 5 de diciembre de 2019.

El Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, MANUEL GIMÉNEZ RASERO

(03/5.593/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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