Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 50

Fecha del Boletín 
28-02-2020

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200228-76

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ROZAS DE PUERTO REAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

76
Rozas de Puerto Real. Régimen económico. Ordenanza impuesto vehículos tracción mecánica

Habiendo sido elevado a definitivo, por ausencia de reclamaciones durante el período de exposición pública, el acuerdo provisional adoptado por el Pleno de esta corporación con fecha 17 de julio de 2019, sobre la modificación de la ordenanza reguladora para la determinación de las cuotas tributarias del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se procede a la publicación íntegra de la misma:

Modificación del artículo 6, Bonificaciones, se añade un apartado, quedando redactado de la siguiente forma:

“... C. Los vehículos automóviles de la clases: turismo, camiones, furgonetas, furgones, vehículos mixtos adaptables, autobuses, autocares, motocicletas y ciclomotores disfrutarán, en los términos que se disponen en el siguiente apartado, de una bonificación en la cuota del impuesto, en función de la clase de carburante utilizado, de las características del motor y de su incidencia en el medio ambiente, siempre que acumulen las condiciones y requisitos que se especifican a continuación:

a) Que se trate de vehículos que no sean de combustión interna (eléctricos, de pila de combustible o emisiones directas nulas) o vehículos híbridos enchufables PHEV.

b) Que se trate de vehículos que, según su homologación de fábrica, utilicen el gas o el bioetanol o sean de tecnología híbrida, e incorporen dispositivos catalizadores, adecuados a su clase y modelo, que minimicen las emisiones contaminantes.

De acuerdo con lo preceptuado en el apartado anterior, los vehículos a que el mismo se refiere disfrutarán, indefinidamente, desde la fecha de su primera matriculación una bonificación del 75 por 100 que se extenderá a toda la vida del vehículo”.

La entrada en vigor de esta modificación de la ordenanza tendrá lugar, una vez que se efectúe la publicación íntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a partir del 1 de enero de 2020.

En Rozas de Puerto Real, a 12 de diciembre de 2019.—El alcalde-presidente, Javier Vedia Abad.

(03/5.513/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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