Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 53

Fecha del Boletín 
03-03-2020

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200303-35

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Tetuán

35
Madrid. Régimen económico. Distrito de Tetuán. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del Decreto de 19 de febrero de 2020, del Distrito de Tetuán del Ayuntamiento de Madrid, por el que se que se aprueban las bases del XII Certamen Literario Leopoldo de Luis de poesía y relato corto.

BDNS 497311

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

— Personas mayores de dieciséis años residentes en España, a la categoría general: “Premio de Poesía Leopoldo de Luis”, o “Premio Relato Corto Leopoldo de Luis”.

— Personas mayores de dieciocho años residentes en el Distrito de Tetuán, a la categoría “Premio Poesía residentes en Tetuán” o “Premio Relato corto residentes en Tetuán”.

— Personas entre dieciséis y dieciocho años residentes en el Distrito de Tetuán, a la categoría “Premio escritores noveles de Poesía o Relato corto Distrito de Tetuán”.

No podrán participar en el Certamen los premiados en este mismo concurso, en cualquier categoría y modalidad, en sus dos últimas ediciones.

Segundo. Objeto.—Este Certamen tiene una triple finalidad: continuar otorgando un premio de reconocido prestigio a escritores y escritoras con trayectoria profesional de calado nacional, promocionar la literatura producida por escritores y escritoras residentes en el Distrito, y alentar en su carrera a los más jóvenes de entre nuestro vecindario que comienzan a escribir.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013, publicada en www.madrid.es

Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 4.000 euros (cuatro mil euros), estableciéndose los siguientes premios:

a) Poesía:

— Premio Poesía “Leopoldo de Luis”, con una dotación económica de 1.300 euros.

— Premio Poesía residentes en Tetuán, con una dotación económica de 500 euros.

b) Relato Corto:

— Premio Relato Corto “Leopoldo de Luis”, con una dotación económica de 1.200 euros.

— Premio Relato Corto residentes en Tetuán, con una dotación económica de 500 euros.

c) Premio escritores noveles de Poesía o Relato Corto Distrito de Tetuán. Con una dotación económica de 500 euros, a la mejor obra de autor mayor de 16 y menor de 18 años, residente en el distrito de Tetuán.

Los premios podrán quedar desiertos si así lo decidiera el Jurado.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de las obras comenzará al día siguiente de la publicación de estas bases en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y finalizará el día 15 de abril de 2020, inclusive.

Sexto. Otros datos.—Las obras se presentarán en castellano y deberán ser originales e inéditas.

Los premiados ceden los derechos de explotación, reproducción, distribución y comunicación pública de la obra premiada al Ayuntamiento de Madrid, en las siguientes condiciones:

— Publicación no venal.

— Duración de un año. Se extenderá a cinco años tan sólo en el caso de que se realice una antología de obras premiadas en el Certamen.

— Idioma castellano.

— La cesión no implica exclusividad.

Se solicita la cesión del derecho de comunicación pública tan sólo con el objetivo de promocionar el Certamen y la difusión de las obras ganadoras.

Las obras no premiadas serán destruidas, no contemplándose la devolución de las mismas.

Madrid, a 19 de febrero de 2020.—El concejal-presidente del Distrito de Tetuán, Blanca Pinedo Texidor.

(03/6.480/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200303-35