Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
04-03-2020

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200304-74

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

74
Madrid. Sala de lo Social. Sección Segunda. Procedimiento 710/2019

SALA DE LO SOCIAL

Sección Segunda

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JULIA SEGOVIANO ASTABURUAGA, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 02 de lo Social.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 710/2019 de esta Sección de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ADRIAN MONROY LLORENTE frente a D./Dña. JOSE MARIA LOPEZ MARTIN, D./Dña. ROBERTO MONROY LLORENTE y COMUNIDAD DE BIENES SERVICIOS DIEZ CB sobre Recurso de Suplicación se ha dictado la siguiente resolución:

FALLAMOS

Que desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por la representación letrada de D. ADRIAN MONROY LLORENTE contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 15 de esta ciudad en sus autos número 872/2018 y, en consecuencia, debemos confirmar la sentencia en instancia.

Se condena en concepto de pago de las costas procesales a la empresa recurrente a abonar al demandado la suma de 400 euros por los gastos ocasionados con motivo de la impugnación del recurso.

Dese a las cantidades depositadas y consignadas para recurrir el destino legalmente fijado.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a COMUNIDAD DE BIENES SERVICIOS DIEZ CB, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 10 de febrero de 2020.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/4.494/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200304-74