Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
05-03-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200305-153

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

153
Madrid número 11. Procedimiento 1029/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 1029/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. LAURA DIAZ JIMENEZ frente a fogasa y ESCUELA INFANTIL PELOCHO SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA 507/19

En la Villa de Madrid, a diecisiete de diciembre de dos mil diecinueve.

Vistos por Dña. María del Pilar García de Zúñiga Marrero, Magistrada- Juez adscrita como refuerzo del Juzgado de lo Social n.o 11 de esta capital, los presentes autos seguidos por Despido con número 1029/2019, entre Dña. LAURA DIAZ JIMENEZ, como demandante, asistido en el procedimiento por el Letrado Sr. Calle García, y como demandada ESCUELA INFANTIL PELOCHO, S.L., que dejó voluntariamente de comparecer en el procedimiento, habiendo sido citada en forma, y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, representado en el procedimiento por la Letrada Sra. Castillo Morcillo.

FALLO

Estimando la demanda formulada por Dña. LAURA DIAZ JIMENEZ contra la empresa ESCUELA INFANTIL PELOCHO, S.L., sobre Despido, debo declarar y declaro la improcedencia del despido articulado sobre dicho trabajador con fecha 02.08.2019, así como la definitiva extinción de la relación laboral constituida en su día por los litigantes, que se entiende producida desde la fecha del despido –02.08.2019–, condenando a la demandada a pagar a la trabajadora una indemnización por importe de 8.534,72 euros.

Y para que sirva de notificación en legal forma a ESCUELA INFANTIL PELOCHO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciocho de diciembre de dos mil diecinueve.

EL/LA, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/4.847/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200305-153