Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
05-03-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200305-157

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

157
Madrid número 12. Procedimiento 339/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 339/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. MARIELVI DE JESUS PEÑALOZA CASTILLO frente a EXCLUSIVE EVENTS SPAGNE SL, EXCLUSIVE RECURSOS ETT SL, RECURSOS DE IMAGEN SL y THE AGENCY EXCLUSIVE MODELS SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado Auto de aclaración de fecha 30/01/2019 que en su parte dispositiva dice:

“PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda subsanar el defecto advertido en el fallo de la Sentencia de fecha 23/10/2019, en los siguientes términos:

DONDE DICE:

“Que, estimando la demanda interpuesta por D.a Marielvi de Jesús Peñaloza Castillo, frente a The Agency Exclusive Models, S. L., Exclusive Events Spagne, S. L., Exclusive Recursos ETT, Recursos de Imagen, S. L. y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el despido de la actora, condenando a la demandada a, en el plazo de cinco días a partir de la notificación de la sentencia, a que le abone la cantidad de 19948,09 €, declarando extinguida la relación laboral mantenida entre la actora y la empresa demandada con fecha del despido, sin que haya lugar al abono de los salarios de tramitación, con la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial, dentro de los límites del artículo 33 ET.

Asimismo ha de condenarse a la empresa demandada a pagar a la actora la cantidad de 12077,22 €, también con responsabilidad subsidiaria del FOGASA, dentro de los límites del artículo 33 ET.”

DEBE DECIR:

“Que, estimando la demanda interpuesta por D.a Marielvi de Jesús Peñaloza Castillo, frente a The Agency Exclusive Models, S. L., Exclusive Events Spagne, S. L., Exclusive Recursos ETT, Recursos de Imagen, S. L. y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el despido de la actora, condenando a la demandada a, en el plazo de cinco días a partir de la notificación de la sentencia, a que le abone la cantidad de 19948,09 €, declarando extinguida la relación laboral mantenida entre la actora y la empresa demandada con fecha del despido, sin que haya lugar al abono de los salarios de tramitación, con la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial, dentro de los límites del artículo 33 ET.

Asimismo ha de condenarse a la empresa demandada a pagar a la actora la cantidad de 12.776,79 €, también con responsabilidad subsidiaria del FOGASA, dentro de los límites del artículo 33 ET.”

Y para que sirva de notificación en legal forma a THE AGENCY EXCLUSIVE MODELS SL, EXCLUSIVE RECURSOS ETT SL, RECURSOS DE IMAGEN SL y EXCLUSIVE EVENTS SPAGNE SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a tres de febrero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/4.765/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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