Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
05-03-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200305-175

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

175
Madrid número 18. Ejecución 31/2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. PILAR ORTIZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 18 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 31/2013 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. RAMONA DANIELA GARTOI frente a MIFELUSAN TUBAU S.L. sobre Ejecución Forzosa del Laudo Arbitral se ha dictado la siguiente resolución:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. PILAR ORTIZ MARTINEZ

En Madrid, a doce de febrero de dos mil veinte.

Consultada la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, se ha tenido conocimiento de que la A.E.A.T ha transferido la cantidad de 6.263,92 euros, contra el saldo de la ejecutada, desarchívense las presentes actuaciones.

Constando en la ejecución que el FOGASA se subrogó en los derechos del trabajador, distribúyase la citada cantidad entre dicho Organismo y el ejecutante en la siguiente proporción:

— Dª RAMONA DANIELA GARTOI: 1.916,27 euros.

— FOGASA: 3.471,65 euros.

Y pónganse a su disposición, una vez firme la presente resolución, mediante mandamiento de devolución o por transferencia bancaria debiendo ser facilitada a este Juzgado mediante un escrito, en el plazo de 48 horas.

Visto el estado de los presentes autos, álcense los embargos acordados en la presente ejecución. Practíquense telemáticamente, a través del Punto Neutro Judicial y librándose los correspondientes oficios.

Practíquese por el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia tasación de costas y liquidación de intereses, a cuyo efecto requiérase a la parte demandante para que el plazo de cinco días inste lo que a su derecho convenga, presentando en su caso todos los justificantes que estime oportunos de gastos de esta fase de ejecución. Adviértasele que, conforme el artículo 244.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), una vez acordado el traslado a que se refiere el apartado 1 de dicho artículo, no se admitirá la inclusión o adición a la misma de partida alguna, sin perjuicio de su derecho para reclamarla -si le conviene- de quien y como corresponda.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación en legal forma a MIFELUSAN TUBAU S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a doce de febrero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/4.882/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200305-175