Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
05-03-2020

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200305-69

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMANCO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Valdemanco. Organización y funcionamiento. Ordenanza tasa recogida de basuras

Transcurrido sin que se hayan presentado reclamaciones el período de información pública del acuerdo plenario de este Ayuntamiento de 20 de diciembre de 2019 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 14, de 17 de enero de 2020), por el que se aprobaba la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos de Valdemanco, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se declara aprobado el citado acuerdo con carácter definitivo, siendo su texto íntegro el siguiente:

«MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA RECOGIDA DOMICILIARIA DE BASURAS O RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS

Modificación del artículo 2.1.

“El hecho imponible viene determinado por la prestación del servicio de recogida, y posterior tratamiento, de basuras domiciliarias y residuos sólidos urbanos y desarrollo de viviendas, alojamientos y locales o establecimientos donde se ejerzan actividades industriales, comerciales, profesionales, artísticas y de servicios”.

Modificación del artículo 9.

“Están exentas de la presente tasa las viviendas habitadas por una única persona cuya edad sea superior a sesenta y cinco años”.

Esta modificación entrará en vigor cuando sea publicado íntegramente su texto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, tal y como dispone el artículo 70.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa».

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Valdemanco, a 19 de febrero de 2020.—La alcaldesa-presidenta, Déborah Molina Rodríguez.

(03/6.386/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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