Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
06-03-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200306-110

Páginas: 3


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

110
Madrid número 9. Procedimiento 95/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 09 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 95/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. IRAIA ESTEBAN GARCIA y D./Dña. YOLANDA BERNAL RODRIGUEZ frente a ECM BENATOV SA DE CV, EUROCONSULT GROUP COLOMBIA SAS, D./Dña. ANTONIO ALFONSO SANCHEZ, PROES COLOMBIA SAS, LIVLEOTAMA SL, D./Dña. MANUEL RAMON CARRIEDO CUESTA, D./Dña. JAUME ROMA RODRIGUEZ, EUROCONSULT POLSKA, ROAD DATA UK LTD, D./Dña. JAVIER CONDOMINES CONCELLON, EUROCONSULT KSA BAHLAIWA, EUROCONSULT GROUP MAROC SARL, D./Dña. IGNACIO SANCHIDRIAN VIDAL, EUROCONSULT US, EUROCONSULT NUEVAS TECNOLOGIAS SA, D./Dña. ANTONIO DE LA REINA MONTERO, PROES CONSULTORES SA, EUROCONSULT ENGINEERING CONSULTING GROUP SA, EUROCONSULT MIDDLE EAST, D./Dña. SEBASTIAN MANUEL MATA GALAN, EURORVA LTDA, EUROCONSULT RUMANIA, EUROCONSULT OMAN, ECG INGENIEROS SA DE CV, D./Dña. LEONARDO BOUNATIAN BENATOV VEGA, D./Dña. JOSEFINA VEGA CALLEJA, OPERAÇOES DE CONTROLO TECNICO E DE ENGENHARIA, EUROROAD GMBH, EUROCONSULT QATAR, EUROCONSULT HR LTD, D./Dña. LUIS DEL POZO VINDEL, EUROCONSULT SA, EUROCONSULT AGENCIA CHILE, D./Dña. TAMARA BOUNATIAN BENATOV VEGA, EUROCONSULT NORTE SA, D./Dña. ARANZAZU BARCENA FERNANDEZ, PROYECTOS Y ESTRUCTURAS ESPECIALES SAS, EUROCONSULT NOVAS TECNOLOGIAS DO BRASIL, A LCO CONSULT MEXICO SA DE CV, D./Dña. LIV INGEBJORG BENATOV VEGA y INSOLVENCY AND LEGAL SLP sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

NÚMERO RESOLUCIÓN: 1049/2019

DECRETO

En Madrid, a seis de noviembre de dos mil diecinueve.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- El presente proceso ha sido promovido por DOÑA IRAIA ESTEBAN GARCIA Y DIÑA YOLANDA BERNAL RODRIGUEZ, figurando como parte demandada EUROCONSULT ENGINEERING CONSULTING GROUP S.A.; EUROCONSULT S.A.; VIGICONSULT S.A.; AYCOP- Análisis y control de Proyectos S.A.; EUROCONSULT CATALUNYA S.A.; EUROCONSULT NORTE S.A.; EUROCONSULT NUEVAS TECNOLOGIAS S.A.; INEMA- Instituto de Auscultación Estructural y Medio Ambiente S.L.; INHA- Instituto de Hidrodinámica aplicada; Proes Consultores S.A.; PROYECTOS Y ESTRUCTURAS ESPECIALES S.A.S.; EUROCONSULT MIDDLE EAST S.A.; O.C.T.E. – Operaçoes de Controlo Técnico e de Engenharia; EUROCONSULT Novas Tecnologias do Brasil; Euroroad GMBH; Eurorva Ltda; EURCONSULT U.S.; EUROCONSULT Agencia Chile; ECM Benatov S.A. de CV; EUROCONSULT Polska; EUROCONSULT Rumania; EUROCONSULT Qatar; A-Lco Consult México S.A. de CV; EUROCONSULT KSA Bahlaiwa; EUROCONSULT HR Ltd; Road Data UK Ltd; EURCONSULT Omán; ECG Ingenieros S.A. de CV; EUROCONSULT GROUP Maroc SARL,; EUROCONSULT GROUP COLOMBIA SAS; Proes Colombia SAS; LIVLEOTAMA S.L.; D. Antonio de la Reina Montero; D. Antonio Alfonso Sánchez; Dña. Tamara Bounatian Benatov Vega; Dña. Liv-Ingebjorg Benatov Vega; D. Sebastián Manuel Mata Galán; D. Manuel Carriedo Cuesta; Dña. Josefina Vega Calleja; D. Leonardo Bounatian Benatov Vega; D. Jaume Roma Rodríguez; D. Ignacio Sanchidrian Vidal; D. Luis del Pozo Vindel; D. Javier Condomines Concellón; INSOLVENCY&LEGAL,S.L.P.; DON JAVIER SÁNCHEZ SERRANO, sobre Reclamación de Cantidad.

SEGUNDO.- En fecha 06/11/2019 el/todos los demandante/s ha/n desistido expresamente de su demanda mediante escrito presentado 06/11/2019.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

ÚNICO.- El desistimiento por parte del actor o actores con anterioridad a los actos de conciliación o juicio, en el proceso laboral es un acto unilateral de la parte demandante que, cuando afecta a todos los demandantes, produce la terminación del proceso. Procede tener a/los demandante/s por desistido/s de su demanda (artículo 20.2 L.E.C.)

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda tener por desistida a la parte actora DOÑA IRAIA ESTEBAN GARCIA Y DIÑA YOLANDA BERNAL RODRIGUEZ de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2507-0000-00-0095-19.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a EUROCONSULT ENGINEERING CONSULTING GROUP S.A.; EUROCONSULT S.A.; VIGICONSULT S.A.; AYCOP- Análisis y control de Proyectos S.A.; EUROCONSULT CATALUNYA S.A.; EUROCONSULT NORTE S.A.; EUROCONSULT NUEVAS TECNOLOGIAS S.A.; INEMA- Instituto de Auscultación Estructural y Medio Ambiente S.L.; INHA- Instituto de Hidrodinámica aplicada; Proes Consultores S.A.; PROYECTOS Y ESTRUCTURAS ESPECIALES S.A.S.; EUROCONSULT MIDDLE EAST S.A.; O.C.T.E. – Operaçoes de Controlo Técnico e de Engenharia; EUROCONSULT Novas Tecnologias do Brasil; Euroroad GMBH; Eurorva Ltda; EURCONSULT U.S.; EUROCONSULT Agencia Chile; ECM Benatov S.A. de CV; EUROCONSULT Polska; EUROCONSULT Rumania; EUROCONSULT Qatar; A-Lco Consult México S.A. de CV; EUROCONSULT KSA Bahlaiwa; EUROCONSULT HR Ltd; Road Data UK Ltd; EURCONSULT Omán; ECG Ingenieros S.A. de CV; EUROCONSULT GROUP Maroc SARL,; EUROCONSULT GROUP COLOMBIA SAS; Proes Colombia SAS; LIVLEOTAMA S.L.; D. Antonio de la Reina Montero; D. Antonio Alfonso Sánchez; Dña. Tamara Bounatian Benatov Vega; Dña. Liv-Ingebjorg Benatov Vega; D. Sebastián Manuel Mata Galán; D. Manuel Carriedo Cuesta; Dña. Josefina Vega Calleja; D. Leonardo Bounatian Benatov Vega; D. Jaume Roma Rodríguez; D. Ignacio Sanchidrian Vidal; D. Luis del Pozo Vindel; D. Javier Condomines Concellón; INSOLVENCY&LEGAL,S.L.P.; DON JAVIER SÁNCHEZ SERRANO, sobre Reclamación de Cantidad, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a doce de febrero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/5.207/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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