Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
06-03-2020

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200306-178

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

178
Móstoles número 2. Ejecución 324/2018

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA MARÍA ISABEL CANO CAMPAÑA, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 2 de Móstoles, HAGO SABER:

Que en la ejecución 324/2018, de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DOÑA ALMUDENA CASADO MARTÍN frente a ANGLÓN SERVICIOS INTEGRALES, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha liquidación de intereses y tasación de costas de fecha 29/11/2019, del tenor literal siguiente:

TASACIÓN DE COSTAS

— Honorarios ejecución Letrado Sr. Soriano Schulz: 400,00 euros.

— IVA 21%: 84,00 euros.

— Total costas: 484,00 euros.

LIQUIDACIÓN DE INTERESES

— Principal: 1.269,45 euros.

— Período: desde la sentencia de fecha 28/9/2018, al 5/11/2019, ascienden a 33,53 euros, según cálculo adjunto del que se da copia a las partes.

— Total intereses legales: 33,53 euros.

— Importa la presente tasación de costas y liquidación de intereses la cantidad total de 517,53 euros.

Dese traslado de esta diligencia a las partes por plazo común de diez días, advirtiéndose de la posibilidad de impugnarla dentro del citado plazo.

a) Por indebidas, si se hubiesen incluido en ella partidas, derecho o gastos indebidos.

b) O, por excesivos, los honorarios de abogados, peritos o profesionales no sujetos a arancel.

c) O, por no haberse incluido gastos debidamente justificados y reclamados, o la totalidad de la minuta de honorarios de abogado, perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel.

d) Y que, en su caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de ésta, no admitiéndose la impugnación a trámite de no efectuarse dicha mención (artículo 245 de la LEC).

En Móstoles a veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve.

La Letrada de la Admón. de Justicia.

Y para que sirva de notificación en legal forma a ANGLÓN SERVICIOS INTEGRALES, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a once de febrero de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/4.985/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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