Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
06-03-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200306-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 20

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Madrid número 20. Procedimiento 538/2012

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 538/2012, entre BMW Bank GMBH Sucursal en España y don Eduardo Ángel Muñoz Lorenzo, en cuyos autos se ha dictado resolución de la se hace figurar el tenor literal del fallo de la misma:

Sentencia número 67/2015

La magistrada-juez doña Blanca Rosa Bartolomé Collado.—En Madrid, a 20 de marzo de 2015.

Vistos por doña Blanca Rosa Bartolomé Collado, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 20 de los de Madrid, los autos de juicio ordinario, registrados con el número 538/2012, derivados de demanda presentada por BMW Bank GMBH Sucursal en España, representada por el procurador señor Navarro Cerrillo, y bajo la dirección técnica del letrado señor Suero Silva, contra don Eduardo Ángel Muñoz Lorenzo, declarado en situación legal de rebeldía procesal, en reclamación de 18.519,52 euros, se ha dictado la presente resolución en base a los siguientes.

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda presentada por el procurador señor Navarro Cerrillo, en nombre y representación de BMW Bank GMBH Sucursal en España, debo condenar y condeno a don Eduardo Ángel Muñoz Lorenzo a que abone a la actora la cantidad de 16.916,55 euros, devengando cada cuota vencida el interés legal desde su vencimiento hasta la fecha de esta sentencia, devengándose desde este momento los intereses previstos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Las costas de esta primera instancia se imponen a la demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que, contra la misma, cabe recurso de apelación, el cual habrá de interponerse en el plazo de veinte días desde la notificación de la misma ante este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial.

Para ello será necesario consignar depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, acreditándose el mismo adjuntando copia del resguardo de ingreso junto al escrito (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, que añade a la Ley Orgánica del Poder Judicial la disposición adicional decimoquinta).

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.—Leída y publicada fue la anterior sentencia por la ilustrísima señora magistrada-juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación don Eduardo Ángel Muñoz Lorenzo expido y firmo la presente.

En Madrid, a 13 de marzo de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/2.818/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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