Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
06-03-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200306-75

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 37

75
Madrid número 37. Procedimiento 955/2015

EDICTO

NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA

Doña Purificación Fernández Suárez, letrada de la Administración de Justicia con destino en el Juzgado de primera instancia número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de procedimiento ordinario número 955/2015, a instancias de Santander Consumer Establecimiento Financiero de Crédito, S. A., representada por la procuradora doña Olga Gutiérrez Álvarez, contra doña Luz María Pérez Fernández, y ante el ignorado domicilio de la demandada, que abajo se indica, se ha acordado librar el presente a fin de notificar a la misma la sentencia, de fecha 12 de diciembre de 2016, dictada en el procedimiento de referencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que, estimando en lo sustancial la demanda interpuesta por Santander Consumer Establecimiento Financiero de Crédito, S. A., contra doña Luz María Pérez Fernández:

1.o Condeno a doña Luz María Pérez Fernández a que abone a Santander Consumer Establecimiento Financiero de Crédito, S. A., la suma de 15.393,10 euros de principal, que devengará el interés legal del dinero desde el 27 de junio de 2015 hasta la fecha de esta sentencia, en que el interés se elevará en dos puntos hasta el completo pago.

2.o Condeno a doña Luz María Pérez Fernández a que abone a Santander Consumer Establecimiento Financiero de Crédito, S. A., la suma de 250,40 euros de intereses vencidos hasta el 26 de junio de 2015.

3.o Con imposición a doña Luz María Pérez Fernández de las costas de esta instancia, siendo estos efectos la cuantía del pleito de 15.643,5 euros.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la demandada rebelde, cuyo domicilio se ignora, doña Luz María Pérez Fernández, a la que se le hace saber que no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación que podrá interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 27 de enero de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/6.134/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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