Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
06-03-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200306-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

95
Madrid número 1. Procedimiento 660/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. Carmen Rodríguez Vozmediano, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 660/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SANTIAGO NAVARRO ÁLVAREZ frente a SHERKA WORLD SL y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

Número resolución: 744/2019

DECRETO

En Madrid, a veintitrés de octubre de dos mil diecinueve.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.—El presente proceso ha sido promovido por D./Dña. SANTIAGO NAVARRO ÁLVAREZ, figurando como parte demandada SHERKA WORLD SL, sobre Reclamación de Cantidad.

Segundo.—En fecha 22/10/2019 el/todos los demandante/s ha/n desistido expresamente de su demanda mediante escrito presentado.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

Único.—El desistimiento por parte del actor o actores con anterioridad a los actos de conciliación o juicio, en el proceso laboral es un acto unilateral de la parte demandante que, cuando afecta a todos los demandantes, produce la terminación del proceso. Procede tener a/los demandante/s por desistido/s de su demanda (artículo 20.2 L.E.C.).

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda tener por desistida a la parte actora D./Dña. SANTIAGO NAVARRO ÁLVAREZ de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

Y para que sirva de notificación en legal forma a SHERKA WORLD SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a siete de febrero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/5.043/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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