Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 58

Fecha del Boletín 
09-03-2020

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200309-151

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

151
Móstoles número 2. Procedimiento 721/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 02 de Móstoles.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 721/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. HIGINIO SALAMANCA FERNANDEZ, D./Dña. MANUEL PLAZA MUÑOZ, D./Dña. LENAUTA COTEA, D./Dña. MOHAMMED BOUCHMAL y D./Dña. MIGUEL ANGEL AGUADO LUZON frente a HUMANAUTO SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda subsanar el error material advertido en Sentencia de fecha 15.10.2019, en los siguientes términos:

Tanto en el fundamento jurídico segundo como en el fallo de la sentencia, existe un error en la cuantía de la indemnización de D. MOHAMMED BOUCHMAL, ya que en ambos casos se indica la cantidad total de 13.36,66 euros, siendo la cantidad total correcta 13.362,66 euros.

Incorpórese esta resolución al libro de autos y llévese testimonio a los autos.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, la Ilma. Sra. Magistrada-Juez Dª. Ana Fernández Valenti.

LA MAGISTRADA-JUEZ

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Y para que sirva de notificación en legal forma a HUMANAUTO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a veinticuatro de febrero de dos mil veinte.

LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/6.802/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200309-151