Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 58

Fecha del Boletín 
09-03-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200309-71

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

71
Madrid número 5. Procedimiento 664/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 5 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 664/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. NESTOR SERGIO RODRIGUEZ DE CASTRO PEREZ DE SOTO frente a EPETID SL, D./Dña. DANIEL CARRERA MARTINEZ y FONDO DE GARANTIA SALARIAL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA NUMERO 40/20

EN NOMBRE DEL REY

En Madrid a diez de febrero de dos mil veinte.

VISTOS por la Ilustrísima Sra. DOÑA ANGELA MOSTAJO VEIGA, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 5 de los de Madrid los presentes autos sobre CANTIDAD siendo partes en los mismos, de una como demandante D. NESTOR SERGIO RODRÍGUEZ DE CASTRO PÉREZ DE SOTO representado por el Letrado D. Nicanor Herrera Hernández y de otra, como demandada EPETID SL y D. DANIEL CARRERA MARTÍNEZ que no comparecen, con citación del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL que no comparece.

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. NESTOR SERGIO RODRÍGUEZ DE CASTRO PÉREZ DE SOTO contra EPETID SL y D. DANIEL CARRERA MARTÍNEZ, con citación del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL debo condenar a EPETID SL a que abone al actor la suma de 15.468,12 euros más un interés del 10 por 100 en concepto de mora en relación con las sumas salariales, absolviendo a D. DANIEL CARRERA MARTÍNEZ de sus pedimentos.

Notifíquese la presente resolución a las partes con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular RECURSO DE SUPLICACIÓN al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los CINCO DÍAS siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de parte o de su abogado, o representante al hacerle la notificación de aquella, de su propósito de entablarlo o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado, o su representante dentro del plazo indicado.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena así como el depósito de 300 EUROS en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que tiene abierta este Juzgado con el número ES 55 0049 3569 92 000500 1274 en el BANCO DE SANTANDER, haciendo constar en el ingreso: concepto 2503 0000 00 nº de autos (4 cifras), año.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a EPETID SL y D./Dña. DANIEL CARRERA MARTINEZ, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diez de febrero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/5.320/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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