Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 58

Fecha del Boletín 
09-03-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200309-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

87
Madrid número 14. Procedimiento 255/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA ÁNGELES CHARRIEL ARDEBOL, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 255/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JOSE LUIS SANTANA MERCHAN frente a DELION COMMUNICATIONS SL y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo de la sentencia de fecha 07/02/2020:

FALLO

Que ESTIMANDO la demanda que en materia de RECLAMACIÓN DE CANTIDAD ha interpuesto D. JOSÉ LUIS SANTANA MERCHÁN contra DELION COMMUNICATIONS S.L., debo condenar y condeno a éste a que abone al actor la cantidad total bruta de TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO EUROS CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (3.484,75 euros), junto con el interés por mora del artículo 29.3 del ET; y todo ello habiéndose dado intervención al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.

Notifíquese esta resolución a las partes con entrega de copia, advirtiéndoseles que contra la misma pueden interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución, mediante escrito, comparecencia o por simple manifestación ante este Juzgado de lo Social. Si recurre la parte demandada y condenada, deberá acreditar al anunciar el recurso el ingreso del importe de la condena en la cuenta de Depósitos y Consignaciones, así como la cantidad de 300 euros en concepto de depósito para recurrir en la cuenta abierta en BANCO SANTANDER a nombre de este Juzgado nº 14 acreditando mediante la representación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de haber sido condenado a alguna cantidad, consignar en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado abierta en la C/ Princesa nº3 con el nº IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, número 2512 0000 64 0255/19 la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándose a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a DELION COMMUNICATIONS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a once de febrero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/5.133/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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