Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 59

Fecha del Boletín 
10-03-2020

Sección 1.3.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200310-9

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y VÍCTIMAS

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ORDEN 121/2020, de 26 de febrero, del Consejero de Justicia, Interior y Víctimas, por la que se designan, con carácter permanente, los miembros de la Mesa de Contratación.

El artículo 66 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, regula la composición de la Mesa de Contratación que debe existir en cada Consejería, siendo competencia del órgano de contratación la designación de sus miembros. Los Consejeros son los órganos de contratación de la Administración de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo establecido el artículo 3 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 de abril, y el artículo 63 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 66 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 18 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 de abril, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,

DISPONGO

Primero

Designar, con carácter permanente, como miembros de la Mesa de Contratación de esta Consejería a los siguientes:

Presidente:

— El Subdirector, o el Técnico que lo sustituya, del centro directivo que actúe como proponente del contrato.

Secretario:

— El Subdirector General de Gestión Económico-Administrativa, o el Técnico que le sustituya, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas.

Vocales:

— Dos representantes del centro directivo que actúe como unidad promotora de los contratos en relación con los cuales se constituya la Mesa.

— Un Interventor de la Comunidad de Madrid.

— Un Letrado de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid.

Segundo

La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 26 de febrero de 2020.—El Consejero de Justicia, Interior y Víctimas, P. D. (Orden 88/2020, de 13 de febrero; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de febrero de 2020), el Secretario General Técnico, Manuel Galán Rivas.

(03/7.027/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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