Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 60

Fecha del Boletín 
11-03-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200311-49

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 46

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Madrid número 46. Procedimiento 1277/2018

EDICTO

En este Juzgado se sigue juicio ordinario número 1277/2018, entre doña Assia Abdi Amamuri, frente a Manoteras, S. A.–Pryconsa y Comunidad Hereditaria de Rafael Gordo Ingelmo, en reclamación de acción de dominio, habiéndose dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia número 5 de 2020

El magistrado-juez, don Javier Sánchez Beltrán.—Madrid, a 9 de enero de 2020.

Vistos por el ilustrísimo señor don Javier Sánchez Beltrán, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 46 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario seguidos al número 1277/2018, en virtud de demanda interpuesta por el procurador don Luis Ortiz Herraiz, en representación de doña Assia Abdi Amamauri, contra la Comunidad Hereditaria de don Rafael Gordo Ingelmo y la sociedad Manoteras, S. A. (Pryconsa, S. A.), sobre el ejercicio de acción declarativa de dominio sobre la finca registral número 42.178, inscrita en el Registro de la Propiedad de Madrid número 55, al tomo 840, libro 565, folio 25...

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador don Luis Ortiz Herraiz, en representación de doña Assia Abdi Amauri, debo declarar y declaro a doña Assia Abdi Amamauri sea la legítima propietaria de la finca registral número 42.178, inscrita en el Registro de la Propiedad de Madrid número 55, al tomo 840, libro 565, folio 25 (...) está situado en la séptima planta alta del edificio R.26, fase segunda de la urbanización “Virgen del Cortijo”, en Madrid, antes Fuencarral. Asimismo, ordeno la cancelación de los asientos registrales contradictorios con la anterior declaración de dominio, y la inscripción a nombre de doña Assia Abdi Amamauri de la finca registral 42.178, inscrita en el Registro de la Propiedad número 55 de Madrid. Se imponen las costas del procedimiento a la parte demandada la Comunidad Hereditaria de don Rafael Gordo Ingelmo. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días.

Habiéndose dictado, con fecha 28 de enero de 2020, autos de rectificación de errores materiales por el que todos los pronunciamientos de la sentencia relativos a Assia Abdi Amamauri deben decir Assia Abdi Amamuri.

Y para que sirva de notificación a Comunidad Hereditaria de don Rafael Gordo Ingelmo, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 11 de febrero de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/6.923/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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