Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 60

Fecha del Boletín 
11-03-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200311-88

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

88
Madrid número 14. Ejecución 228/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento EJECUCION 228/2019 (DEMANDA 243/2019) de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JONATAN MEDINA LOPEZ frente a PACIFICO BARRA HOSTELERIA SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

NÚMERO RESOLUCIÓN: 123/2020

DECRETO

En Madrid, a diecisiete de febrero de dos mil veinte.

PARTE DISPOSITIVA

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de:

INDEMNIZACIÓN: TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS EUROS CON TREINTA CÉNTIMOS (3.336,30 euros).

SALARIOS DE TRAMITACIÓN: DOS MIL QUINIENTOS VEINTISIETE EUROS CON CINCUENTA CÉNTIMOS (2.527,50 euros).

SALARIOS E INTERESES: MIL OCHOCIENTOS SESENTA EUROS CON CINCUENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (1.860,59 euros).

HACIENDO UN TOTAL DE PRINCIPAL DE 7.717,84 euros, UNA VEZ DESCONTADOS LOS 6,55 euros QUE CONSTAN INGRESADOS EN ESTE JUZGADO.

Más 1.544,87 euros de intereses y costas Calculados provisionalmente se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado PACIFICO BARRA HOSTELERIA SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Mediante la presente se requiere a la parte ejecutante a fin de que en el plazo de 3 días facilite a este juzgado cuenta bancaria en la que realizar el ingreso de la cantidad de 6,55 euros consignada en la cuenta de depósitos y consignaciones de este juzgado.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS).

Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2512-0000-64-0228-19.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S..Doy fe.

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PACIFICO BARRA HOSTELERIA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecisiete de febrero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/5.558/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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