Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 62

Fecha del Boletín 
13-03-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200313-105

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

105
Madrid número 16. Procedimiento 1176/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D. /Dña. JOSE ANTONIO RINCON MORA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 16 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 1176/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. VICTORIA BAHMULLER frente a NATURAL DUCH SL, GRUPO ENTRETORSAN, S.L. y FOGASA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución :

“FALLO

1.- Se tiene por desistida a la actora VICTORIA BAHMULLER de la acción dirigida frente la demandada NATURAL DUCH SL.

2.- Que estimando la demanda interpuesta por Dña. VICTORIA BAHMULLER contra GRUPO ENTRETORSAN, S.L., declaro la improcedencia de la decisión extintiva de la empresa y habiéndose optado por el FOGASA por la indemnización, declarar extinguida la relación laboral a fecha 10/09/2019 sin perjuicio de lo establecido en los artículos 111 y 112 de la LRJS.

Condenando a la empresa demandada GRUPO ENTRETORSAN, S.L. a que como indemnización abone a la trabajadora la cantidad de 4.808,32 Euros.

Sin efectuar especial pronunciamiento frente a FOGASA.

Notifíquese la presente resolución a las partes. Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid”

Y para que sirva de notificación en legal forma a GRUPO ENTRETORSAN, S.L. y NATURAL DUCH SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciocho de febrero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/5.908/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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