Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 62

Fecha del Boletín 
13-03-2020

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200313-53

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

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Madrid. Sección Novena. Recurso de apelación 748/2019

Sección Novena

DOÑA AMELIA ÁLVAREZ FERNÁNDEZ, Letrada de la Admón. de Justicia de la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid,

Doy fe y testimonio: Que en este Tribunal se sigue el recurso de apelación número 748/2019 a instancia del procurador don RAMÓN VALENTÍN IGLESIAS ARAUZO y la procurador DOÑA ANA ISABEL ARRANZ GRANDE en nombre y representación de RÍO CUERVO Y TAJO, S. A., y DOÑA MARÍA ÁNGELES CUERVO DEL RIO contra DON FRANCISCO JAVIER PÉREZ ÁLVAREZ, declarado en rebeldía procesal, sobre contratos: otras cuestiones, en el que se ha dictado en fecha 25/2/2020, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

SENTENCIA NÚMERO: 105/2020

Recurso de apelación n.º 748/2019.

Ilmos. Sres. magistrados:

DON JUAN LUIS GORDILLO ÁLVAREZ-VALDÉS

DOÑA INMACULADA MELERO CLAUDIO

DON JOSÉ MARÍA PEREDA LAREDO

En Madrid, a veinticinco de febrero de dos mil veinte.

Vistos en grado de apelación ante esta Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, los autos de procedimiento ordinario n.º 1110/2014 procedentes del Juzgado de Primera Instancia n.º 9 de Madrid a los que ha correspondido el rollo de apelación n.º 748/2019, en los que aparecen como partes: de una, como demandante y hoy apelada ABANCA CORPORACIÓN BANCARIA, S. A., representado por el procurador DON RAFAEL SILVA LÓPEZ; de otra, como demandadas y hoy apelantes RÍO CUERVO Y TAJO, S. A., representada por el procurador DON RAMÓN VALENTÍN IGLESIAS ARAUZO y DOÑA MARÍA ÁNGELES CUERVO DEL RÍO representada por la procuradora DOÑA ANA ISABEL ARRANZ GRANDE, y de otra como demandado en situación de rebeldía DON FRANCISCO JAVIER PÉREZ ÁLVAREZ; sobre reclamación de cantidad.

Siendo magistrada ponente la Ilma. Sra. DOÑA INMACULADA MELERO CLAUDIO.

FALLO

Se desestiman los recursos de apelación formulados por la procuradora doña Carmen Hondarza Ugedo, en nombre y representación de la entidad RÍO CUERVO Y TAJO, S. A., y por la procuradora doña Ana Isabel Arranz Grande, en la representación que ostenta de DOÑA MARÍA ÁNGELES PÉREZ CUERVO, contra la sentencia dictada en fecha 9 de mayo de 2019 por el Juzgado de Primera Instancia n.º 9 de los de Madrid, en los autos civiles de juicio ordinario n.º 1110/2014, y en su consecuencia se confirma íntegramente la sentencia, imponiendo expresamente a los recurrentes las costas de esta alzada, con pérdida de los depósitos constituidos para recurrir de conformidad con el punto 9.º de la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Así, por esta nuestra sentencia, de la que se llevará certificación literal al rollo de Sala del que dimana, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Haciéndose saber que contra la misma cabe recurso de casación de acreditarse el interés casacional, que deberá interponerse ante este Tribunal en el término de veinte días desde la notificación de la presente.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado rebelde DON FRANCISCO JAVIER PÉREZ ÁLVAREZ y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497, 2.º de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por medio de la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid a dos de marzo de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DE LA SECCIÓN

DOÑA AMELIA ÁLVAREZ FERNÁNDEZ

(03/7.489/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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