Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 62

Fecha del Boletín 
13-03-2020

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200313-70

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 2

70
Parla número 2. Procedimiento 300/2019

EDICTO

Don Alejandro Tofiño Padrino, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 2 de Parla.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia, divorcio contencioso número 300/2019, instados por el procurador don Juan Luis Valgañón Gómez, en nombre y representación de doña Ingrid Ornelia González Rodríguez, contra don Leonte Rivera Abreu, en los que se ha dictado en fecha 27 de septiembre de 2019 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

“Que, estimando la demanda de divorcio promovida por la representación procesal de doña Ingrid Ornelia González Rodríguez, debo decretar y decreto el divorcio del matrimonio contraído con don Leonte Rivera Abreu, con las consiguientes medidas legales, así como las siguientes en relación con el hijo menor de edad:

— Patria potestad compartida, si bien, se ejercerá de forma exclusiva por la madre.

— Guarda y custodia para la madre.

— No se fija régimen de visitas.

— El padre abonará, en concepto de pensión de alimentos, la cuantía de 200 euros mensuales y la mitad de los gastos extraordinarios, a abonar en los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta corriente que designe la madre. Dicha cuantía será actualizable conforme al IPC o índice que le sustituya.

Respecto de los gastos extraordinarios que puedan producirse en la vida del menor serán abonados al 50 por 100 entre ambos progenitores.

Todo ello sin imposición de costas.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que cabe recurso de apelación.

Comuníquese de oficio al Registro Civil para la correspondiente anotación.

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez”.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Leonte Rivera Abreu, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Parla, a 30 de septiembre de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/7.661/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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