Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 65

Fecha del Boletín 
16-03-2020

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200316-158

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

158
Madrid número 41. Ejecución 29/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 41 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 29/2020 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. MELANY LISSETTE FLORES FLORES frente a FOGASA y INVERSIONES RIALPA SL sobre Ejecución de títulos judiciales se han dictado las siguientes resoluciones:

PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. MELANY LISSETTE FLORES FLORES, frente a la demandada INVERSIONES RIALPA SL, parte ejecutada, por un principal de 1.463 euros (1.330 euros más el 10% de mora que asciende a 133 euros) más 146,3 euros y 146,3 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad Banco Santander 5052-0000-64-0029-20.

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO

En Madrid, a dieciocho de febrero de dos mil veinte.

Visto el contenido del anterior escrito sobre Reclamación de Honorarios, presentado por la letrada de la ejecutante Dña. María Soledad Carbonero Carbonero, conforme a lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, requiérase a INVERSIONES RIALPA SL para que en término de diez días ingrese en la cuenta de este Juzgado 5052-0000-64-0029-20 la cantidad a que dicho escrito se refiere en concepto de honorarios profesionales de 600 euros, o bien impugne los mismos por indebidos o por excesivos. Advirtiéndose de que, si dentro del citado plazo no se ingresa la cantidad ni se impugnan los honorarios, se seguirá la vía de apremio contra sus bienes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 L.J.S.).

Y para que sirva de notificación en legal forma a INVERSIONES RIALPA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciocho de febrero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/6.277/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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