Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 65

Fecha del Boletín 
16-03-2020

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200316-166

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

166
Móstoles número 1. Procedimiento 781/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 01 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento 781/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SUSANA MATEO LOPEZ frente a CUIDAMOS TU SALUD VIVE LA VIDA S L sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

“SENTENCIA Nº 27/2020

En la ciudad de Móstoles a 14 de Febrero de 2020

FALLO

ESTIMAR la demanda de despido interpuesta por Doña Susana Mateo López contra Cuidamos Tu Salud, Vive la Vida S.L., DECLARANDO IMPROCEDENTE EL DESPIDO de la actora y siendo imposible la readmisión, DECLARO EXTINGUIDA la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución judicial y CONDENO a Cuidamos Tu Salud, Vive la Vida S.L. a que abone a la actora la indemnización de 3.100, 86 euros y los salarios de trámite a razón de 36, 47 euros diarios desde la fecha del despido hasta la fecha de la sentencia, descontando el salario que percibe de Atrium Salud S.L. si fuera igual o superior al de trámite, si es inferior percibirá la diferencia, así como la prestación por desempleo que ha percibido del 16 de Mayo al 15 de Agosto de 2019 y del 4 de Septiembre de 2019 al 12 de Enero de 2020, lo que se determinará en ejecución de sentencia.

ESTIMAR la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por Doña Susana Mateo López contra Cuidamos tu Salud, Vive la Vida S.L., CONDENANDO a la mercantil demandada a pagar a la actora la cantidad de 517, 72 euros netos más el 10 % de interés por mora.

No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito, siendo indispensable si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso, y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 300 EUROS, ambos en la cuenta abierta a tal efecto en el Banco Santander, IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y número cuenta expediente 2850- 0000- 00- 0781-19, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CUIDAMOS TU SALUD VIVE LA VIDA S L, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a catorce de febrero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/6.200/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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