Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 67

Fecha del Boletín 
18-03-2020

Sección 1.4.106.20: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200318-22

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE VIVIENDA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

O. A. AGENCIA PARA LA VIVIENDA SOCIAL

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RESOLUCIÓN de 4 de marzo de la 2020, de la Dirección-Gerencia de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, por la que se hace pública la convocatoria de “Enajenación de plazas de garaje propiedad de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid sitas en el municipio de Alcalá de Henares mediante el procedimiento de enajenación directa”.

1. Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid.

b) Dependencia que tramita el expediente: Área de Reordenación y Gestión Patrimonial.

c) Obtención de documentación e información:

1) Dependencia: Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid.

2) Domicilio: Calle Basílica, número 23.

3) Localidad y código postal: 28020 Madrid.

4) Para solicitar información, dirigirse al email:

elecgaraje.agenciavivienda@madrid.org

5) Teléfonos: 915 809 177, 915 809 174 y 914 491 534.

6) Dirección de información en Internet:

https://comunidad.madrid/servicios/vivienda

2. Objeto del contrato:

a) Descripción del objeto: Enajenación directa de las plazas de garaje propiedad de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid que se relacionan en el Anexo I de la Resolución 809/2020, de la Dirección-Gerencia de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, por la que se acuerda la incoación del procedimiento de enajenación directa de plazas de garaje de su propiedad y se aprueban sus condiciones

b) Lugar de ejecución: Comunidad de Madrid.

3. Procedimiento y forma de adjudicación: El procedimiento y forma de adjudicación se encuentran regulados en el Anexo II de la Resolución 809/2020, de la Dirección-Gerencia de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, por la que se acuerda la incoación del procedimiento de enajenación directa de plazas de garaje de su propiedad y se aprueban sus condiciones.

4. Precio de adjudicación: El precio de cada plaza de garaje figura en el Anexo I de la Resolución 809/2020 y corresponde con el tipo actualizado de licitación de la subasta previa.

5. Garantía provisional: 1 por 100 del precio de venta de la plaza de garaje. El importe de la garantía se detalla en el listado de plazas (Anexo I).

6. Página web donde pueden consultarse y obtenerse las condiciones de venta y relación de plazas de garaje susceptibles de enajenación: https://comunidad.madrid/servicios/vivienda

7. Presentación de solicitudes:

a) A partir de la misma fecha de publicación de esta Resolución hasta las 17:00 horas del día 30 de diciembre de 2021.

b) Lugar y forma de presentación:

1) Por correo electrónico a la dirección elecgaraje.agenciavivienda @madrid.org

2) En el Registro de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid.

— Dependencia: Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid.

— Domicilio: Calle Basílica, número 23.

— Localidad y código postal: 28020 Madrid.

— Horario: De 09:00 a 17:00 horas.

3) En alguno de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, Reguladora del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

8. Modelo de solicitud: Las solicitudes se formalizarán en el modelo oficial que figura como Anexo III a la Resolución 809/2020, de la Dirección-Gerencia de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, por la que se acuerda la incoación del procedimiento de enajenación directa de plazas de garaje de su propiedad y se aprueban sus condiciones.

Hágase público para general conocimiento.

Madrid, a 4 de marzo de 2020.—El Director-Gerente de la Agencia de Vivienda Social, Jorge Urrecho Corrales.

(01/8.433/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.106.20: I. COMUNIDAD DE MADRID

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