Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 67

Fecha del Boletín 
18-03-2020

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200318-37

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

37
Leganés. Organización y funcionamiento. Delegación competencias

Con fecha 4de marzo de 2020, el alcalde-presidente dictó el siguiente decreto número 2437/2020:

Primero.—Modificar el apartado decimotercero, punto 7, del decreto del alcalde presidente número 7632/2019, de 19 de junio, por el que se delegan las competencias en los y las titulares de las Concejalías-Delegadas y Direcciones Generales, añadiendo un segundo párrafo, quedando así redactado:

“7. Autorización y disposición de gastos en el ámbito de las competencias delegadas. Reconocimiento de obligaciones derivadas de los gastos relativos a contratos menores, cualesquiera otros tipos de contratos de cuantía igual o inferior a 15.000 euros de valor estimado y otros gastos iguales o inferiores a dicho importe.

No obstante, el límite mencionado en el párrafo anterior no será de aplicación a los gastos derivados de ejecución de resoluciones judiciales, correspondiendo a los y las titulares de las Concejalías-Delegadas y Direcciones Generales que dependan directamente del alcalde, en el ámbito de las competencias delegadas, la autorización y disposición del gasto, así como el reconocimiento de la obligación cualquiera que sea su cuantía”.

Segundo.—El presente decreto surtirá efecto a partir de la fecha de su firma, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero.—Del presente decreto se notificará a las personas interesadas y se dará cuenta al Ayuntamiento Pleno en la próxima sesión que celebre, a fin de que quede enterado del mismo.

Leganés, a 5 de marzo de 2020.—El alcalde-presidente, Santiago Llorente Gutiérrez.

(03/8.054/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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