Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
20-03-2020

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200320-35

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR

RÉGIMEN ECONÓMICO

35
Galapagar. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo de 12 de marzo de 2020, de la Junta de Gobierno Local, por el que se convoca la concesión de “Becas en concepto de matriculación, transporte y material didáctico, para estudiantes empadronados en Galapagar que accedan por primera vez durante el curso académico 2019-2020 a cualquiera de las universidades españolas o centros oficiales que impartan ciclos de Grado Superior”.

BDNS (Identif.): 499987

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):

Primero. Beneficiarios.—Estudiantes empadronados en Galapagar que por primera vez estén matriculados en el primer curso de cualquiera de las universidades españolas o centro oficiales que impartan ciclos de Grado Superior, durante el curso académico 2019-2020.

Segundo. Objeto.—Concesión de becas con el fin de ayudar económicamente a los alumnos empadronados en Galapagar, para el pago de su primera matrícula universitaria, gastos derivados de la compra de material didáctico o ayuda para el transporte.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Galapagar, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 5 de mayo de 2008.

Cuarto. Cuantía.—Se establecen los conceptos de matriculación, material didáctico y transporte. El solicitante deberá especificar y justificar los gastos por los que opta a la beca ofertada por el Ayuntamiento de Galapagar.

La cantidad máxima estipulada de la beca universitaria será de 150 euros por alumno.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Del 25 de marzo al 15 de abril de 2020, ambos inclusive.

Las solicitudes junto con la documentación exigida se presentarán en la Concejalía de Educación, plaza de la Constitución, número 9, edificio “La Posada”, en horario de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Asimismo, se habilita la presentación telemática de la solicitud y documentación referida en la sede electrónica del Ayuntamiento de Galapagar.

Sexto. Otros datos.—Para poder ser admitidos a la convocatoria la solicitud, debidamente cumplimentada y firmada por el alumno, habrá de ser acompañada necesariamente de la siguiente documentación:

— NIF, NIE, u otros documentos oficiales que acrediten la identidad del alumno, con plena validez al momento de su presentación.

— Copia de la matrícula y justificante del pago. Facturas o documentos que acrediten fehacientemente el gasto realizado en los conceptos objeto de las presentes bases.

— Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria del solicitante, (recibo bancario, primera página de la cartilla o libreta de la entidad financiera, etcétera).

Galapagar, a 12 de marzo de 2020.—La segunda teniente de alcalde, delegada de Educación, Rosa María Encuentra Mérida.

(03/8.933/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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