Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74

Fecha del Boletín 
26-03-2020

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200326-38

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LOS SANTOS DE LA HUMOSA

RÉGIMEN ECONÓMICO

38
Los Santos de la Humosa. Régimen económico. Ordenanza fiscal incremento valor de terrenos

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de terrenos de naturaleza urbana cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

«Art. 4. Exenciones y bonificaciones.

4.5. Se bonificarán en un 50 por 100 de la cuota los expedientes de transmisiones por “mortis causa”. Dicha bonificación se aplicará de oficio en el momento de generar la correspondiente liquidación.

Salvo en lo supuestos contemplados en los artículos anteriores, no se concederán otras exenciones o bonificaciones que las que, en cualquier caso, puedan ser establecidas por precepto legal que resulte de obligada aplicación.

Art. 7. Cuota tributaria.—La cuota de este impuesto será el resultado de aplicar a la base imponible el tipo impositivo del 22 por 100».

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid con sede en Madrid.

Los Santos de la Humosa, a 13 de marzo de 2020.—El alcalde-presidente, Lázaro Polo Gismero.

(03/8.969/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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