Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 77

Fecha del Boletín 
30-03-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200330-27

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

27
Madrid número 15. Procedimiento 209/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 209/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. ALEJANDRO CALDERON LOPEZ frente a TOTAL SPORT MADRID SL sobre procedimiento ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

Se estima la demanda formulada por D. ALEJANDRO CALDERÓN LÓPEZ con DNI.: 02729498- L frente a TOTAL SPORT MADRID S.L. con CIF.: condenando a la demandada a abonar a la parte actora el importe de 1.762,92 euros brutos.

Al importe indemnizatorio de 1.397,72 euros, le es aplicable el interés legal del dinero (artículo 1108 Código Civil) y, por tanto, el 3% anual (2018, 2019 y 2020) desde la fecha de su reclamación hasta la presente sentencia.

Al importe de 365,20 euros, corresponde el incremento del 10% de interés anual de mora (artículo 29.3 del ET) desde la fecha de devengo y hasta la presente resolución.

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a autos, y hágase saber a las partes que, de conformidad con el artículo 191 de la LRJS, contra ella no cabe recurso de suplicación.

Se acuerda notificar esta sentencia a las partes, advirtiéndoles de su firmeza.

Y para que sirva de notificación en legal forma a TOTAL SPORT MADRID SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinte de febrero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/6.385/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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