Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 77

Fecha del Boletín 
30-03-2020

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200330-4

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

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EXTRACTO de 27 de febrero de 2020, de la Convocatoria de Ayudas para la Traducción de Publicaciones Científicas, Programa propio del Vicerrectorado de Gestión de la Calidad 2020.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

BDNS (identif.): 499630

Primero

Beneficiarios

Podrán optar a estas ayudas el personal docente e investigador que se encuentre, en la fecha de presentación de solicitudes y resolución, en alguna de las siguientes categorías:

a) Personal docente e investigador de la Universidad de Alcalá en situación de servicio activo.

b) Personal Investigador en Formación al amparo de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación contratado por la Universidad de Alcalá adscrito a un Departamento.

c) Personal Investigador de Apoyo contratado por la Universidad de Alcalá que esté en posesión del Grado de Doctor o que desarrolle un programa de doctorado en esta Universidad.

Segundo

Objeto

Impulsar la visibilidad internacional de las investigaciones realizadas en la Universidad de Alcalá por medio de la publicación de trabajos científicos en revistas especializadas o libros de impacto.

Tercero

Bases reguladoras

La información relativa a la convocatoria puede encontrarse en la web de la Universidad de Alcalá (https://www.uah.es/es/admision-y-ayudas/becas/Ayudas-para-la-traduccion-...ículos-cientificos).

Cuarto

Cuantía

Las ayudas consistirán en el reembolso de los gastos de traducción del español al inglés (u otra lengua de difusión científica) de aquellos trabajos de investigación que sean publicados en revistas de impacto o en libros de reconocido prestigio. Podrán ser objeto de reembolso, asimismo, los gastos de revisión lingüística de aquellos trabajos que hubiesen sido elaborados directamente por el solicitante en lengua extranjera.

La cantidad que será objeto de reembolso corresponderá, como máximo, al 100 por 100 del importe abonado por el interesado.

La financiación de esta convocatoria se realizará con cargo al Centro de coste 30180P000 (partida del Servicio de traducción). Se establece un importe máximo de gasto para la financiación de estas ayudas de 7.000 euros.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes permanecerá abierto desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria hasta el 30 de octubre de 2020, inclusive.

Los impresos de solicitud permanecerán disponibles en la página web de la UAH https://www.uah.es/es/admision-y-ayudas/becas/Ayudas-para-la-traduccion-...ículos-cientificos-2020/ y también se podrán solicitar por correo electrónico en la dirección servicio.traduccion@uah.es Cualquier información adicional podrá recabarse en dicha dirección.

Sexto

Otros datos

3.5. Para obtener una ayuda, el trabajo que haya sido objeto de traducción o revisión lingüística deberá haber sido publicado previamente, durante los años 2019 o 2020, o aceptado para su publicación en alguno de los medios internacionales de difusión científica, según los criterios específicos aprobados por la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) para cada campo de conocimiento en la Resolución de 12 de noviembre de 2019 (“Boletín Oficial del Estado” de 26 de noviembre de 2019).

Los beneficiarios de estas ayudas estarán obligados a hacerlo constar en la publicación a través del Portal del Investigador, con el fin de potenciar su visibilidad entre la comunidad científica especializada.

La traducción o la revisión lingüística del trabajo deberá haber sido realizada por el Servicio de Traducción de la Universidad y previamente abonada a este Servicio por el/la interesado/a, de manera directa o mediante alguno de los centros de coste de la Universidad de Alcalá.

Adjudicaciones y criterios de selección

Las solicitudes serán evaluadas por una Comisión formada por el Vicerrectorado de Gestión de Calidad o persona en quien delegue, el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, o persona en quien delegue y el Vicerrectorado Relaciones Internacionales o persona en quien delegue.

Las solicitudes serán resueltas según disponibilidades presupuestarias atendiendo al impacto de la publicación y priorizando a los solicitantes que no hayan disfrutado de la ayuda bajo la misma convocatoria.

Recursos

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a publicación en la página web de la Universidad (http://www.uah.es ).

Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante el Rector de la Universidad de Alcalá en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Alcalá de Henares, a 27 de febrero de 2020.—La Vicerrectora de Gestión de la Calidad, María Soledad Morales Ladrón.

(03/9.000/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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