Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 78

Fecha del Boletín 
31-03-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200331-25

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

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Madrid número 9. Procedimiento 245/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María del Carmen Martín García, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 245/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. PATRICIA DOMINGUEZ DE LA TORRE frente a HARDENS MANUFACTURER SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

JUZGADO DE LO SOCIAL N.o 9.

AUTOS N.o DEMANDA: 245/2019.

SENTENCIA N.o: 95/2020.

En Madrid a dieciocho de febrero de dos mil veinte .

D. JOSÉ MARÍA REYERO SAHELICES Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n.o 9 del Juzgado y localidad o provincia MADRID tras haber visto los presentes autos sobre Procedimiento Ordinario entre partes, de una y como demandante Dña. PATRICIA DOMINGUEZ DE LA TORRE, que comparece representada por la letrada Dña. MANUELA MONTEJO BOMBIN y de otra como demandada HARDENS MANUFACTURER SL que no comparece estando citada en legal forma.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA

FALLO

Que estimando en parte la demanda formulada por Dña. PATRICIA DOMINGUEZ DE LA TORRE frente a HARDENS MANUFACTURER SL sobre Reclamación de Cantidad, debo condenar y condeno a la demandada HARDENS MANUFACTURER SL a abonar al actor la suma de 534,20 euros brutos con más el 10% de interés legal de mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a HARDENS MANUFACTURER SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinticuatro de febrero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/6.558/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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