Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
01-04-2020

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200401-134

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

134
Móstoles número 2. Procedimiento 1203/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACION

D./Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 02 de Móstoles.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 1203/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. IVAN DEL CAMPO FONTANET frente a D./Dña. ANGEL ORTIZ GARRIDO, COTRASO 2018 SL y FOGASA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

DILIGENCIA.- En Móstoles, a dieciocho de febrero de dos mil veinte

La extiendo yo, la Letrada de la Admón. de Justicia, para hacer constar que se ha personado la parte demandante manifestando su intención de desistir de la demanda frente al codemandado D. ANGEL ORTIZ GARRIDO, continuando el procedimiento frente a COTRASO 2018 SL y FOGASA. Doy fe.

DECRETO

En Móstoles, a dieciocho de febrero de dos mil veinte.

HECHOS

PRIMERO.- El presente proceso ha sido promovido por D./Dña. IVAN DEL CAMPO FONTANET, figurando como parte demandada FOGASA, COTRASO 2018 SL y D./Dña. ANGEL ORTIZ GARRIDO, sobre Despido, habiéndose citado a las partes.

SEGUNDO.- Que por la parte demandante ha manifestado que desiste de su demanda frente al codemandado D. ANGEL ORTIZ GARRIDO, continuando el procedimiento frente a COTRASO 2018 SL y FOGASA.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

ÚNICO.- El desistimiento por parte del actor o actores, en el proceso laboral es un acto unilateral de la parte demandante, que produce la terminación del proceso. Procede tener a/los demandante/s por desistido/s de su demanda (articulo 20.2 L.E.C.)

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda tener por desistida a la parte actora D./Dña. IVAN DEL CAMPO FONTANET de la acción ejercitada en este procedimiento frente al codemandado D. ANGEL ORTIZ GARRIDO, continuando el procedimiento frente a COTRASO 2018 SL y FOGASA.

Siendo aplicable la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, a la que se remite el artículo 236 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los datos contenidos en esta comunicación y en la documentación adjunta son confidenciales, quedando prohibida su transmisión o comunicación pública por cualquier medio o procedimiento, y debiendo ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banco Santander IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2851-0000-61-1203-19.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA

Y para que sirva de notificación en legal forma a COTRASO 2018 SL y D./Dña. ANGEL ORTIZ GARRIDO, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a veinticinco de febrero de dos mil veinte.

LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/6.784/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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