Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84

Fecha del Boletín 
07-04-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200407-41

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

41
Madrid número 6. Ejecución 39/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. EVA SAN PABLO MORENO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 06 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 39/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ARHTAR WAHEED, D./Dña. MOUSTAPHA SECK, D./Dña. MOHAMMED ASIF, D./Dña. JAMIL AHMAD, D./Dña. MUHHAMAD AMJID y D./Dña. MUHAMMAD NADEEM frente a PAVIDAN 1922 SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 6.875,73.-euros de principal desglosado del siguiente modo:

MOHAMMED ASIF: 969,30.-euros.

MUHAMMAD AMJID: 1.469,80.-euros

MOUSTAPHA SECK: 868,69.-euros.

AKHTAR WAHEED: 969,30.-euros.

MUHAMMAD NADEEM: 1.079,30.-euros

JAMIL AHMAD: 1.519,30.-euros

Se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL del ejecutado PAVIDAN 1922 SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PAVIDAN 1922 SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a tres de marzo de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/7.750/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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