Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84

Fecha del Boletín 
07-04-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200407-59

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

59
Madrid número 16. Procedimiento 341/2018

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D. JOSE ANTONIO RINCON MORA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 16 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 341/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. CARLOS DE FRANCISCO CASAMAYOR frente a INSTALL IT SECURITY, SL sobre Reclamación de cantidad se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA Nº 479/2019

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Con fecha 23/03/2018 tuvo entrada demanda formulada por D./Dña. CARLOS DE FRANCISCO CASAMAYOR contra INSTALL IT SECURITY SL y admitida a trámite se citó de comparecencia a las partes asistiendo solo la parte actora, y abierto el acto de juicio por S.Sª. las comparecidas manifestaron cuantas alegaciones creyeron pertinentes en defensa de sus derechos practicándose seguidamente las pruebas que fueron admitidas según queda constancia en el acta correspondiente, y finalmente manifestaron por su orden sus conclusiones.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la parte actora D. CARLOS DE FRANCISCO CASAMAYOR frente a la demandada sobre reclamación de Cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al trabajador la cantidad de 2.461,41 euros por los conceptos expresados, incrementado en un 10% los de naturaleza salarial.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Y para que sirva de notificación en legal forma a INSTALL IT SECURITY SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiocho de febrero de dos mil veinte.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/7.652/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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