Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 85

Fecha del Boletín 
08-04-2020

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200408-41

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HUMANES DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Humanes de Madrid. Régimen económico. Ampliación calendario fiscal

Se hace público para general conocimiento que mediante el Decreto de Alcaldía, de 1 de abril de 2020, y como consecuencia de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19 y la normativa estatal de emergencia aprobada, se ha adoptado la siguiente resolución:

Primero.—Declarar la suspensión de los plazos administrativos para la tramitación de los procedimientos del Ayuntamiento de Humanes de Madrid con efectos del 14 de marzo de 2020 y hasta que finalice el estado de alarma.

El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el Real Decreto 463/2020 o, en su caso, las prórrogas del mismo.

Segundo.—Declarar la suspensión con carácter general de plazos en el ámbito tributario con efectos del 18 de marzo y hasta las siguientes fechas según los casos:

— Para los tributos cuyo plazo de período de pago no hubiera finalizado a fecha 18 de marzo, el período de pago queda ampliado hasta el 30 de abril de 2020.

— Para los tributos que se comuniquen a partir del 18 de marzo, el período de pago queda ampliado hasta el 20 de mayo de 2020, salvo que el otorgado por la norma general o por lo dispuesto en el siguiente punto Tercero sea mayor, en cuyo caso éste resultará de aplicación.

Tercero.—Modificar el calendario fiscal para 2020 aprobado por decreto de Alcaldía de 18 de diciembre de 2019, ampliando el período de cobro del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM) ; el de la tasa de mercadillo municipal (primer semestre); el de la tasa de mesas, sillas, tribunas tablados y otros elementos análogos, con finalidad lucrativa; el de la tasa de entrada de vehículos a través de las aceras y el primer plazo del sistema especial de pago del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI), de la siguiente forma:

1. El período de cobro del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM ) se amplía hasta el 20 de mayo de 2020.

2. Período de cobro de la tasa de mesas, sillas, tribunas tablados y otros elementos análogos, con finalidad lucrativa y del primer semestre de la tasa de mercadillo: del 1 de mayo al 31 de julio de 2020.

3. Período de cobro de la tasa de entrada de vehículos a través de las aceras: del 15 mayo al 31 de julio de 2020.

4. Sistema especial de pago del impuesto sobre bienes inmuebles ( IBI): el primer plazo se pasará al cobro el día 6 de julio de 2020.

Cuarto.—Declarar la suspensión con carácter general de plazos relativos a cuotas de precios públicos con efectos del 18 de marzo: el período de pago queda ampliado hasta el 30 de abril de 2020, no girándose nuevos recibos para el periodo de suspensión.

Quinto.—Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y exponerla al público en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de este Ayuntamiento.

Sexto.—Dar traslado del presente decreto a los servicios de Recaudación municipal, Intervención y Tesorería para la debida constancia y efectos oportunos.

En Humanes de Madrid, a 6 de abril de 2020.—El alcalde, José Antonio Sánchez Rodríguez.

(01/9.421/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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