Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 88

Fecha del Boletín 
13-04-2020

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200413-122

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30

122
Madrid número 30. Ejecución 223/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D. ISMAEL PEREZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 30 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 223/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. OCTAVIO RUIZ PEREZ-CASTRO frente a SERVICIOS INTEGRALES MYT SL y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

PARTE DISPOSITIVA

Se declara:

-Extinguida la relación laboral entre la parte ejecutante y Servicios Integrales MYT, S.L. con efectos de esta resolución.

-Se condena a satisfacer al ejecutante, una indemnización de 4237,70 euros.

- Se condena a la empresa a abonar al demandante en concepto de salarios de tramitación 1147,65 Euros, a razón de 32,79 euros diarios, por 35 días.

MODO IMPUGNACION.-Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda por aplicación del art 184.1 de la L.E.C.

Asimismo se deberá consignar en la Cuenta Depósitos y Consignaciones Judiciales que este Juzgado tiene abierta en el Grupo Banesto, como depósito, quienes no gocen del Derecho de Asistencia Gratuita, la cantidad de 25 Euros de conformidad con lo dispuesto en la D.A. 15ª de la L.O 1/2009 de 3 de Noviembre, debiéndose acompañar necesariamente resguardo acreditativo de dicho ingreso, procediéndose en caso de no verificarlo a la no admisión a trámite del recurso de reposición interpuesto.

Dña. SARA ALONSO FERNÁNDEZ.

EL MAGISTRADO-JUEZ

Y para que sirva de notificación en legal forma a SERVICIOS INTEGRALES MYT SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a seis de marzo de dos mil veinte.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/8.281/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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