Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 88

Fecha del Boletín 
13-04-2020

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200413-151

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

151
Móstoles número 1. Ejecución 362/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA VICTORIA ESTEBAN DELGADO, letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social nº 1 de Móstoles.

HAGO SABER: Que en el procedimiento de ejecución 362/2019-V, de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ALEXANDRA OROZCO GIL frente a SIDERURGIAS Y CONSTRUCCIONES GUTIGAR, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado Auto, cuya parte dispositiva es la siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo extinguir la relación laboral entre las partes el día 4 de marzo de 2020, condenando a SIDERURGIAS Y CONSTRUCCIONES GUTIGAR, S. L., a abonar a:

1º) Doña Alexandra Orozco Gil la indemnización de 2.276, 46 euros más el importe de los salarios de trámite desde la fecha del despido, 31 de diciembre de 2018, hasta la fecha del auto a razón de 45, 99 euros diarios, descontando en su caso el salario que haya percibido de cualquier empleador si es igual o superior, si es inferior la diferencia, o cualquier tipo de prestación o subsidio de desempleo, lo que se determinará en ejecución de sentencia.

Notifíquese la presente resolución judicial a las partes, advirtiéndolas que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de 3 días a contar desde el siguiente a su notificación.

Y para que sirva de notificación en legal forma a SIDERURGIAS Y CONSTRUCCIONES GUTIGAR, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a seis de marzo de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/8.436/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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