Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 88

Fecha del Boletín 
13-04-2020

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200413-167

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 7

167
Málaga número 7. Procedimiento 499/2019

EDICTO

D/Dª D. CRISTINA CAMPO URBAY, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 7 DE MALAGA.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 499/2019 a instancia de la parte actora D/Dª. MARIA JOSE ROJO VIDAL contra HOYO 14 GOLF HOUSE, S.L., SAN HERMENEGILDO HOUSES, S.L. y GESTION ALOHA MARBELLA sobre Despidos/ Ceses en general se ha dictado RESOLUCION de fecha 6/03/20 del tenor literal siguiente:

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda de despido y reclamación de cantidad interpuesta por Dña. María José Rojo Vidal frente a Hoyo 14 Golf House SL declarando el despido de 5 de abril de 2019 como improcedente, y declarando la extinción de la relación laboral el día de la fecha y condenando a la demandada a la actora a la cantidad de 2.413,12 euros de indemnización, 2.925 euros de salarios de tramitación, 4.673,17 euros de cantidades adeudada y 467,31 euros de mora.

Que debo tener y tengo por desistido de la demanda presentada frente a San Hermenegildo Houses SL y Gestión Aloha Marbella SL.

Que debo declarar y declaro que Fogasa debe estar y pasar por la anterior declaración.

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente y líbrese testimonio de la misma para su constancia en autos y notifíquese la presente sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma cabe Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social de del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 7 DE MALAGA en los CINCO DÍAS siguientes a la notificación de esta Sentencia, debiendo consignar en metálico o mediante aval bancario en el caso que el recurrente no gozare del beneficio de Justicia gratuita en la cuenta de depósitos y consignaciones del juzgado las cantidades derivadas de la anterior condena así como depósito para recurrir.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado SAN HERMENEGILDO HOUSES, S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a nueve de marzo de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/8.492/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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