Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 89

Fecha del Boletín 
14-04-2020

Sección 4.165.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200414-141

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE MADRID NÚMERO 3

141
Madrid número 3. Procedimiento 126/2018

EDICTO

D. ANTONIO RAIMÚNDEZ RODRÍGUEZ, LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER NÚM. 3, DE MADRID.

DA FE: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados núm. 126/2018 instados por Procurador Dña. MARIA DOLORES GONZALEZ RODRIGUEZ en nombre y representación de Dña. LAURA CUMANDA GUZMÁN ÁVILA contra D. BOGDAM GEORGE PETCU, en los que se ha dictado en fecha 26/12/2019 sentencia cuyo fallo y posterior auto aclaratorio es el siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la representación de DÑA LAURA KUMANDA GUZMAN AVILA contra D BOGDAN GEORGE PETCU debo acordar y acuerdo las siguientes medidas:

1.- La guarda y custodia del descendiente común, GEORGE, se atribuye a la madre DÑA LAURA KUMANDA GUZMAN AVILA. Se otorga a la madre el ejercicio exclusivo de la patria potestad del hijo común.

2.- Se acuerda la suspensión del derecho de visitas que podría corresponder al demandado respecto del hijo común.

3.- Se fija la cantidad de 300 euros mensuales para el hijo común en concepto de pensión alimenticia, así como la mitad de los gastos extraordinarios, a cargo de D. BOGDAN GEORGE PETCU, que deberá ingresar los cinco primeros días de cada mes en la cuenta que designe el demandado, cantidad que se revalorizará atendiendo al incremento de1 IPC anual publicado por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA o el que legalmente le sustituya.

Se rectifica la Sentencia, de fecha 26/12/2019 en el sentido de que donde dice LAURA KUMANDA GUZMÁN ÁVILA debe decir LAURA CUMANDA GUZMÁN ÁVILA.

Incorpórese esta resolución al libro de Resoluciones Definitivas a continuación de aquella que se rectifica y llévese testimonio a los autos principales.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. BOGDAM GEORGE PETCU y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 17 de febrero de 2020.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/9.096/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.165.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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