Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 90

Fecha del Boletín 
15-04-2020

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200415-26

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO

RÉGIMEN ECONÓMICO

26
Villanueva del Pardillo. Régimen económico. Modificación calendario fiscal

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo, en sesión extraordinaria celebrada el día 20 de marzo de 2020, adoptó acuerdo de modificación del calendario fiscal para el ejercicio 2020, el cual había sido aprobado por este mismo órgano el día 16 de enero de 2020 y publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 26, el día 31 de enero del mismo mes.

Por medio del presente anuncio se procede para general conocimiento a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos del Ayuntamiento por plazo de quince días. Además, conjuntamente se procede de nuevo a la publicación de los siguientes anuncios correspondientes a tributos de vencimiento periódico y notificación colectiva, que se gestionan mediante padrones fiscales o matrículas en el ejercicio 2020.

— Período de exposición pública de los padrones a efectos de notificación y recurso.

— Anuncio de cobranza de los tributos.

Modificación del calendario fiscal de 2020. Períodos de cobranza en período voluntario

Queda de la siguiente manera:

— Impuesto sobre bienes inmuebles urbana y rústica e impuesto sobre actividades económicas. Del 17 de agosto de 2020 al 3 de diciembre de 2020. Cargo en cuenta recibos domiciliados el día 17 de agosto.

Sistema especial de pago (IBI Urbana).

Primer pago: 30 de junio de 2020. Segundo pago: 15 de octubre de 2020.

— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, tasa por recogida domiciliaria de residuos sólidos urbanos y restos de poda, tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reserva de vía pública y tasa por instalación de cajeros automáticos. Del 16 de marzo de 2020 al 1 de julio de 2020. Cargo en cuenta recibos domiciliados el día 16 de marzo.

Sistema especial de pago tasa por recogida de residuos de comercios e industrias.

Primer pago: 2 de marzo de 2020. Segundo pago: 14 de mayo de 2020.

Exposición pública de padrones

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la ordenanza general de gestión, recaudación e inspección del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo los padrones de los tributos anteriores se expondrán al público en las oficinas municipales de gestión tributaria quince días antes de iniciarse los respectivos períodos de cobro y por un período de quince días. La información relativa a los datos de los padrones sólo se facilitará al obligado tributario o su representante, debidamente acreditado.

Contra la exposición pública de los padrones y las liquidaciones en ellos incorporados que no hayan iniciado su período de cobranza, se podrá interponer recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la finalización del período de exposición pública del padrón o matrícula, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Anuncio de cobranza

De acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de todos los contribuyentes que el cobro de las deudas periódicas de notificación colectiva que se gestionen mediante padrones se realizará conforme a los siguientes:

— Plazos de ingreso: los plazos de ingreso en período voluntario son los fijados en el calendario fiscal para el ejercicio 2020, según modificación aprobada.

— Modalidad de cobro: los recibos podrán abonarse en cualquiera de las entidades colaboradoras que figuran en los propios recibos. Las Entidades son las siguientes: La Caixa, Banco Santander, Bankia, IberCaja y BBVA.

Para aquellos contribuyentes que hayan optado por la forma de pago mediante domiciliación bancaria, beneficiándose de un 3 por100 del importe del recibo, se les advierte de que su cargo en cuenta se efectuará el primer día del período voluntario antes citado.

— Lugares, días y horas de ingreso: los pagos a través de las entidades financieras colaboradoras se realizarán en las oficinas bancarias de dichas entidades, en los días y horarios de apertura al público que a efectos de cobro (servicio de caja) cada entidad tenga establecidos

Advertencia: transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario sin hacerse efectivo el pago, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

En Villanueva del Pardillo, a 23 de marzo de 2020.—El alcalde (firmado).

(02/9.226/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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