Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 90

Fecha del Boletín 
15-04-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200415-44

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

44
Madrid número 7. Procedimiento 1106/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. RAQUEL PAZ GARCÍA DE MATEOS, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 07 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 1106/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ANA GONZALEZ BESADA FERRER frente a MIRAMONTES TRADING SL, fogasa y MAC DRINK MUZAS LOPEZ SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA 123/2020, DE FECHA 10/3/2020, DICTADA POR S.Sª DÑA. ANA MARÍA SÁNCHEZ MACÍAS

“FALLO

Que debo ESTIMAR y estimo la demanda interpuesta por D.ª Ana González Besada Ferrer frente a Mac Drink Muzas López, S.L., y el Fondo de Garantía Salarial y en su virtud:

1.- Declaro IMPROCEDENTE el despido de D. ª Ana González Besada Ferrer, así como extinguida la relación laboral que unía a las partes con efectos desde la fecha de esta resolución.

2.- Condeno a Mac Drink Muzas López, S.L., a pagar a D.ª Ana González Besada Ferrer las siguientes cantidades:

- 880,45 euros en concepto de indemnización por despido.

- 4.217,92 euros por salarios de tramitación.

- 1.618,10 euros brutos por retribuciones debida, más el 10% de interés por mora.

3.- Condeno a FOGASA a estar y pasar por tales declaraciones, con el límite de la responsabilidad legalmente establecida.

MODO IMPUGNACION: Recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito presentado en este juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación, designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que si no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, deberá depositar en la Cuenta de Depósito y Consignaciones que el Juzgado tiene abierta en BANCO SANTANDER, aportando resguardo acreditativo (arts. 194 y 229 LRJS).

Por esta sentencia, de la que se llevará certificación a los autos de que dimana, lo pronuncio, mando y firmo.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a MAC DRINK MUZAS LOPEZ SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a trece de marzo de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/8.958/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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