Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 97

Fecha del Boletín 
23-04-2020

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200423-22

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

22
Paracuellos de Jarama. Organización y funcionamiento. Delegación competencias

Con fecha 7 de abril de 2020 se ha dictado decreto del alcalde-presidente del tenor literal siguiente:

“Decreto.—En virtud de las facultades que me confiere el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; el artículo 30.3 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, Administración Local de la Comunidad de Madrid, y los artículos 43 a 45 del Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en relación con el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, mediante el presente decreto resuelvo:

Primero.—Delegar en favor del concejal de este Ayuntamiento, que se cita a continuación, la dirección y gestión de las siguientes áreas y servicios corporativos:

— Don Óscar Santos García: Comunicación, Participación Ciudadana y Protección Civil.

La presente delegación que tendrá carácter genérico comportará la facultad de resolver mediante actos administrativos, que afecten a terceros.

Segundo.—Notificar este decreto al interesado, debiendo, asimismo, publicarlo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero.—Del contenido de esta delegación se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.

Lo manda y firma el alcalde ante mí la secretaria a los únicos efectos de dar fe pública y transcripción al libro de resoluciones”.

En Paracuellos de Jarama, a 7 de abril de 2020.—El alcalde-presidente, Jorge Alberto Campos Astrua.

(03/9.535/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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