Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
24-04-2020

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200424-14

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

14
Las Rozas de Madrid. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Anuncio del extracto de las bases para el otorgamiento de ayudas al tejido empresarial de Las Rozas de Madrid para el mantenimiento de la actividad económica en el municipio, en el contexto de la emergencia socioeconómica provocada por la crisis sanitaria del coronavirus y las medidas decretadas de confinamiento y suspensión de actividades.

BDNS (identif.): 503209

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Objeto.—El objeto de la presente convocatoria es actuar de manera inmediata, ante las consecuencias provocadas por el COVID-19, impulsando la actividad económica en el término municipal de Las Rozas de Madrid y otorgando liquidez a las empresas de la ciudad para contribuir a facilitar el mantenimiento de la actividad y del empleo y amortiguar la reducción drástica de ingresos.

Segundo. Beneficiarios.—Podrán tener la condición de beneficiarios de estas ayudas las microempresas, pequeñas empresas y autónomos, cualquiera que sea su forma jurídica, válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud y que ejerzan una actividad económica en el término municipal de Las Rozas de Madrid.

Tercero. Bases reguladoras.—La presente convocatoria se regula por las bases aprobadas por Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 17 de abril, publicadas en https://www.lasrozas.es/hacienda-economia-y-empleo.

Cuarto. Cuantías y gastos subvencionables.—Se concederá una cantidad fija conforme a los siguientes tramos dependiendo del número de trabajadores del solicitante:

— Empresario autónomo individual (sea persona física o societaria) y microempresas con un solo trabajador: 2.000 euros.

— Empresario autónomo y microempresas con trabajadores comprendidos entre 2 y 5 trabajadores: 4.000 euros.

— Empresario autónomo y microempresas con trabajadores comprendidos entre 6 y 9 trabajadores: 6.000 euros.

— Empresario autónomo y pequeñas empresas con trabajadores comprendidos entre 10 y 25 trabajadores: 8.000 euros.

Todo ello hasta agotarse el crédito de 2.000.000,00 de euros destinado a la convocatoria (se establece una cuantía adicional máxima de 1.000.000 de euros, cuya aplicación a la concesión de estas subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria).

Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes.—Las solicitudes, que deberán dirigirse a la Concejalía de Innovación, Economía y Empleo, se presentarán por vía telemática a través del Portal del Ciudadano de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, donde estará disponible el modelo de solicitud normalizado para la obtención de dichas subvenciones reguladas en la presente convocatoria:

https://portalciudadano.lasrozas.es/portal/noEstatica.do?opc_id=119&pes_... ent_id=3&idioma=1

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio.

En Las Rozas de Madrid, a 17 de abril de 2020.—La concejala-delegada de Innovación, Educación, Economía y Empleo, Mercedes Piera Rojo.

(03/9.608/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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