Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100

Fecha del Boletín 
27-04-2020

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200427-76

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

76
Móstoles número 1. Ejecución 219/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento 219/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. DANIEL CASTILLO MORENO frente a SEHOSCOL DIAZ SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

EJECUCIÓN N.o: 219/2019.

EJECUTANTE: D./Dña. DANIEL CASTILLO MORENO.

EJECUTADO: SEHOSCOL DIAZ SL.

ACTA

En Móstoles, a once de marzo de dos mil veinte.

Ante mí, el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO del Juzgado de lo Social n.o 1 de Móstoles.

C O M P A R E C E N:

Como demandante/s:

D./Dña. DANIEL CASTILLO MORENO, DNI 49069593J.

Asistido de LETRADO D./Dña. JOANA RODRIGUEZ MARTINEZ col. 124267

Como demandado/s:

SEHOSCOL DIAZ SL, no comparece constando su citación en forma.

S.S.a acuerda la suspensión por necesidades del servicio de la comparecencia señalada para el día de hoy a las 10,55 horas.

Así mismo acuerda señalar nuevamente para dichos actos el día 24/04/2020, a las 09:50 horas, en la Sala de vistas de este juzgado, dándose las partes que se encuentran presentes por citadas para el mismo.

Dándose por notificadas las partes del presente acuerdo, se da por terminada esta comparecencia, firmando esté acta los que en la misma intervienen, de lo que yo, Letrado/a de la Admón. de Justicia, doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a SEHOSCOL DIAZ SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a once de marzo de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/8.852/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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