Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 102

Fecha del Boletín 
29-04-2020

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200429-12

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

12
Alcorcón. Régimen económico. Modificación presupuestaria

El Pleno del Ayuntamiento de Alcorcón, en sesión celebrada el día 23 de abril de 2020, aprobó inicialmente la modificación presupuestaria por crédito extraordinario y suplemento de crédito financiado con bajas por anulación, expediente MCE 1/2020, Medidas Especiales COVID-19.

A tenor de lo establecido en el artículo 177.6 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales los acuerdos de las Entidades Locales que tengan por objeto la habilitación o suplemento de créditos en casos de calamidades públicas o de naturaleza análoga de excepcional interés general, serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio de las reclamaciones que contra ellos se promovieran, las cuales deberán sustanciarse dentro de los ocho días siguientes a la presentación, entendiéndose desestimadas de no notificarse su resolución al recurrente dentro de dicho plazo.

Por todo ello, de conformidad con el artículo 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, y el artículo 177.6 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales se anuncia que la correspondiente documentación se pondrá a disposición del público en la oficina de Intervención durante un plazo de ocho días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Durante este plazo los que ostenten legalmente la condición de interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno, que únicamente podrán basarse en los supuestos enumerados en el artículo 22.2 del citado texto legal.

Si en el transcurso del período de exposición pública no se presentasen reclamaciones, la modificación presupuestaria por crédito extraordinario y suplemento de crédito financiado con bajas por anulación MCE 1/2020 se considerará definitivamente aprobada.

Alcorcón, a 24 de abril de 2020.—La concejala-delegada de Hacienda, Contratación Pública y Patrimonio, Candelaria Testa Romero.

(03/9.785/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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