Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 102

Fecha del Boletín 
29-04-2020

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200429-26

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VELILLA DE SAN ANTONIO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Velilla de San Antonio. Régimen económico. Padrones fiscales

La Alcaldía del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio emite decreto 1157, de fecha 15 de abril de 2020, de medidas extraordinarias en materia tributaria por el estado de alarma por COVID-19:

1. Modificación del calendario fiscal para 2020 del impuesto de bienes inmuebles urbanos y rústicos, tasa de aceras y tasa de cajeros.

— Período voluntario: 1 de junio a 31 de julio de 2020.

— Domiciliados: 31 de julio de 2020.

2. La modificación de la ordenanza número 1 impuesto de bienes inmuebles PVE, artículo 4, con tenor:

— 1.er fraccionamiento: 15 de febrero.

— 2.o fraccionamiento: 15 de junio.

— 3.o fraccionamiento: 15 de agosto.

— 4.o fraccionamiento: 15 de octubre.

— 5.o fraccionamiento: 15 de noviembre.

— 6.o fraccionamiento: 15 de diciembre.

3. Bonificación 100 por 100 de la tasa de ocupación de vía pública de terrazas con veladores y 50 por 100 para puestos de mercadillo (segundo semestre), como consecuencia del cese de actividad.

4. La anulación de tasas y precios públicos de servicios culturales durante el estado de alarma.

5. La devolución de oficio de todos aquellos ingresos indebidos generados por recargos inexistentes del IVTM y cualquier tasa o precio público anulado durante el estado de alarma.

6. Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión.

Velilla de San Antonio, a 16 de abril de 2020.—La alcaldesa, Antonia Alcázar Jiménez.

(02/9.546/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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