Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 103

Fecha del Boletín 
30-04-2020

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200430-39

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS

PERSONAL

39
Tres Cantos. Personal. Relación puestos de trabajo

Corrección de errores del anuncio 03/6.175/20, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 54, de 4 de marzo de 2020, por el que se informa de la aprobación por el Pleno de 14 de febrero de 2020 la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Tres Cantos y se somete el expediente a información pública por plazo de quince días.

Apreciado error material en el texto del citado anuncio publicado en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de marzo de 2020, procede publicar el siguiente anuncio de rectificación, en virtud del artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante su rectificación íntegra con el texto que se transcribe a continuación:

Por el Pleno del Ayuntamiento de Tres Cantos, en sesión extraordinaria y urgente de 14 de febrero de 2020, se aprobó la modificación parcial de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Tres Cantos con efectos desde el 1 de mayo de 2020, en los siguientes términos:

Modificación de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Tres Cantos

La valoración de puestos de trabajo hay que concebirla como un instrumento imprescindible para la organización del personal al servicio de una Administración, como la herramienta donde se establecen las funciones de cada puesto, las características particulares de cada puesto y, por supuesto, las condiciones económicas anexas a cada puesto.

A lo largo de los últimos años, se han venido desarrollando diferentes modificaciones de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Tres Cantos. Esto ha conllevado, en la práctica, una clara diversidad de puestos con diferentes condiciones, no sólo económicas, sino también laborales. Por ello, esta nueva modificación de la relación de puestos de trabajo lo que pretende es homogeneizar un importante número de puestos, desde el punto de vista económico y laboral.

Asimismo, la nueva relación de puestos de trabajo que se presenta para su aprobación en este Pleno se ha adaptado al lenguaje inclusivo, se han reordenado los códigos numéricos de los diferentes puestos y, por último, responde a la nueva organización que se pretende implantar en el Ayuntamiento y que verá su reflejo en los próximos meses en la aprobación de un nuevo organigrama.

En virtud del artículo 18 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, prorrogado para 2020, se propone al Pleno la siguiente modificación de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Tres Cantos con efectos desde el 1 de mayo de 2020:

— Código del puesto 1: Cambiar la denominación del puesto por Secretario/a General.

— Código del puesto 2: Cambiar la denominación del puesto por Interventor/a.

— Código del puesto 3: Cambiar la denominación del puesto por Tesorero/a.

— Código del puesto 4: No se propone ninguna modificación.

— Código del puesto 5: Cambiar la denominación del puesto por Inspector/a.

— Código del puesto 6: Cambiar la denominación del puesto por Jefe/a del Servicio de Arquitectura. Incrementar el complemento específico en la cantidad de 242,56 euros debido al aumento de responsabilidad al asumir la jefatura de un servicio.

— Código del puesto 6bis: Modificar el código del puesto al número 7, así como la denominación del puesto por Arquitecto/a.

— Código del puesto 7: Modificar el código del puesto al número 8.

— Código del puesto 8: Modificar el código del puesto al número 9.

— Código del puesto 10: Modificar la denominación del puesto por Jefe/a del Área de los Servicios Económicos. Incrementar el complemento específico en la cantidad de 558,10 euros debido al aumento de responsabilidad al asumir la jefatura de un área, así como al incremento de funciones relacionadas con los servicios económicos.

— Código del puesto 11: Modificar la denominación del puesto por Jefe/a del Servicio de Licencias y Disciplina. Incrementar el complemento específico en la cantidad de 421,43 euros, debido al aumento de responsabilidad al asumir la coordinación de un servicio, así como al incremento de funciones.

— Código del puesto 12: Modificar la denominación del puesto por Jefe/a del Área de los Servicios Técnicos. Incrementar el complemento específico en la cantidad de 900,76 euros, debido al aumento de responsabilidad al asumir la jefatura de un área, así como al incremento de funciones relacionadas con los servicios urbanísticos y su correspondiente dificultad técnica, homogeneizando con el resto de Jefaturas de Área.

— Código del puesto 13: Modificar la denominación del puesto por Responsable de Unidad de Gestión, así como los requerimientos específicos a la dedicación de una bolsa de 40 horas anuales.

— Código del puesto 14: Homogeneizar con el código del puesto 13.

— Código del puesto 15: Modificar el código del puesto al 14 y la denominación del mismo a Jefe/a del Área de Contratación y Subvenciones. Incrementar el complemento específico en la cantidad de 1.361,75 euros, debido al aumento de responsabilidad al asumir la jefatura de un área, así como al incremento de funciones relacionadas con la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Tres Cantos y su correspondiente dificultad técnica. Se incluye la dedicación como requerimiento específico del puesto. Todo ello, homogeneizando con el resto de Jefaturas de Área.

— Código del puesto 16: Modificar el código del puesto al 15 e incrementar el complemento específico en la cantidad de 266,33 euros, homogeneizando con el Director/a de Deportes y Técnico de Recaudación.

— Código del puesto 17: Modificar el código del puesto al 16.

— Código del puesto 17bis: Modificar el código del puesto al 16bis.

— Código del puesto 18: Modificar el código del puesto al 17 e incrementar el complemento específico en la cantidad de 204,75 euros, homogeneizando con el Director/a de Deportes y Técnico de Recursos Humanos.

— Código del puesto 19: Modificar el código del puesto al 18 y la denominación del mismo por Ingeniero/a Agrónomo.

— Código del puesto 20: Homogeneizar con el código del puesto 13.

— Código del puesto 21: Modificar el código del puesto al 19.

— Código del puesto 22: Modificar el código del puesto al 20 e incrementar el complemento específico en la cantidad de 273,74 euros, así como el nivel de complemento de destino del 25 al 26. Todo ello, homogeneizando con el Técnico de Salud.

— Código del puesto 23: Homogeneizar con el código del puesto 40.

— Código del puesto 24: Modificar el código del puesto al 21 y la denominación del mismo por Director/a de Deportes.

— Código del puesto 25: Modificar el código del puesto al 22.

— Código del puesto 26: Modificar el código del puesto al 23.

— Código del puesto 26bis: Modificar el código del puesto al 23bis.

— Código del puesto 27: Homogeneizar con el código del puesto 24.

— Código del puesto 27 bis: Modificar el código del puesto al 24 y la denominación del mismo por Arquitecto/a Técnico.

— Código del puesto 28: Modificar el código del puesto al 25 y la denominación del mismo por Jefe/a de Protección Civil y Seguridad Patrimonial. Incrementar el complemento específico en la cantidad de 350,81 euros debido al incremento de nuevas funciones, mayor responsabilidad al aumentar los contratos que están bajo su responsabilidad, así como la dificultad técnica en el desempeño del puesto. Homogeneizando con el Coordinador/a Sociocultural y de Participación Ciudadana.

— Código del puesto 29: Modificar el código del puesto al 26 y la denominación del mismo por Animador/a Sociocultural de Festejos. Incrementar el complemento específico en la cantidad de 26,89 euros, homogeneizando con el Técnico Auxiliar Informático.

— Código del puesto 29bis: Modificar el código del puesto al 27 y la denominación del mismo por Coordinador/a de Festejos y de Participación Ciudadana. Incrementar el complemento específico en la cantidad de 317,80 euros debido a la inclusión de la dedicación como requerimiento específico del puesto, así como el incremento de responsabilidad al asumir la coordinación de un servicio. Todo ello, homogeneizando con el Jefe/a de Seguridad Patrimonial y Protección Civil.

— Código del puesto 30: Modificar el código del puesto al 28 e incrementar el complemento de destino del 22 al 26, homogeneizando con los puestos de Director/a de Cultura y de Servicios Sociales y Promoción del Mayor.

— Código del puesto 32: Modificar el código del puesto al 29 e incrementar el complemento específico en la cantidad de 108,26 euros. Subir el complemento de destino al 25. Todo ello, homogeneizando con los Coordinadores de Servicios Sociales y de Empleo.

— Código del puesto 33: Modificar el código del puesto al 30, así como la denominación del mismo a Ingeniero/a Técnico Industrial. Incrementar el complemento específico en la cantidad de 333,32 euros y subir el complemento de destino al 24. Todo ello, homogeneizando con el puesto de Arquitecto/a Técnico.

— Código del puesto 34: Modificar el código del puesto al 31 y subir el complemento de destino al 24, homogeneizando con los Técnicos de Discapacidad, Educación, Mujer, Comercio y Solidaridad.

— Código del puesto 35: Singularizar un puesto de Coordinador/a de Actividades de Tiempo Libre y Participación Juvenil con código de puesto 32, nivel de complemento de destino 22 y complemento específico de 1.459,98 euros. Todo ello, homogeneizado con el Coordinador/a Sociocultural y de Participación Ciudadana.

— Código del puesto 35: Modificar el código del puesto al 33. Incrementar el complemento específico en la cantidad de 158,69 euros y subir el complemento de destino al 22. Todo ello, homogeneizando con el Animador/a Sociocultural de Festejos.

— Código del puesto 36: Modificar el código del puesto al 34 y la denominación del mismo por Inspector/a.

— Código del puesto 37: Homogeneizar con el código del puesto 35.

— Código del puesto 37 bis: Modificar el código del puesto al 35. Incrementar el nivel de complemento de destino al 22, homogeneizando con todos los puestos del mismo grupo.

— Código del puesto 38: Modificar el código del puesto al 36. Incrementar el nivel de complemento de destino al 28, homogeneizando con el resto de Jefes de Servicio.

— Código del puesto 39: Modificar el código del puesto al 37 y la denominación del mismo por Técnico de Discapacidad. Incrementar el complemento específico en la cantidad de 33,49 euros, homogeneizando con el puesto de Técnicos de Deportes, Discapacidad, Educación, Mujer, Comercio y Solidaridad.

— Código del puesto 39bis: Modificar el código del puesto al 38. Incrementar el complemento específico en la cantidad de 76,73 euros y subir el complemento de destino al 25. Todo ello, homogeneizando con el puesto de Coordinador/a de Servicios Sociales.

— Código del puesto 39ter: Modificar el código del puesto al 39 y la denominación del mismo por Técnico de Educación. Incrementar el complemento específico en la cantidad de 33,49 euros, homogeneizando con los puestos de Técnico de Deportes, Discapacidad, Mujer, Comercio y Solidaridad.

— Código del puesto 40: Modificar la denominación del mismo por Jefe/a de Negociado, así como los requerimientos específicos a la dedicación de una bolsa de 50 horas anuales.

— Código del puesto 41: Modificar la denominación del mismo por Monitor/a de Tiempo Libre.

— Código del puesto 41bis: Modificar el código el puesto al 42 y la denominación del mismo por Monitor/a Sociocultural y de Participación Ciudadana. Incrementar el complemento específico en la cantidad de 157,96 euros, homogeneizando con el puesto de Animador/a Sociocultural y de Participación Ciudadana.

— Código del puesto 42: Modificar el código del puesto al 43. Incrementar el complemento específico en la cantidad de 33,49 euros, homogeneizando con los puestos de Técnico de Deportes, Discapacidad, Educación, Comercio y Solidaridad.

— Código del puesto 43: Modificar el código del puesto al 44. Incrementar el complemento específico en la cantidad de 33,49 euros, homogeneizando con los puestos de Técnico de Deportes, Discapacidad, Educación, Comercio y Mujer.

— Código del puesto 44: Modificar el código del puesto al 45.

— Código del puesto 45: Modificar el código del puesto al 46 y la denominación del puesto por Inspector/a de Consumo. Incrementar el complemento específico en la cantidad de 187,85 euros, homogeneizando con el puesto de Gestor/a Administrativo.

— Código del puesto 46: Modificar el código del puesto al 47.

— Código del puesto 47: Modificar el código del puesto al 48. Incrementar el complemento específico en la cantidad de 187,97 euros, homogeneizando con los puestos de Inspector/a de Consumo y Gestor/a Administrativo.

— Código del puesto 48: Modificar el código del puesto al 49. Incrementar el complemento específico en la cantidad de 33,49 euros, homogeneizando con los puestos de Técnico de Deportes, Discapacidad, Educación, Mujer y Solidaridad.

— Código del puesto 49: Modificar el código del puesto al 50. Incrementar el complemento específico en la cantidad de 153,48 euros, homogeneizando con otros puestos de Gestor/a Administrativo singularizados.

— Código del puesto 49bis: Homogeneizar con el código del puesto 50.

— Código del puesto 49ter: Homogeneizar con el código del puesto 50.

— Código del puesto 49quater: Homogeneizar con el código del puesto 40.

— Código del puesto 50: Modificar el código del puesto al 51 e incrementar el complemento específico en la cantidad de 175,96 euros, homogeneizando con el puesto de Auxiliar Administrativo de Registro General-Jornada Partida.

— Código del puesto 51: Modificar el código del puesto al 52 y la denominación del mismo a Auxiliar Administrativo de Registro General-Jornada Partida, incrementar el complemento específico en la cantidad de 66,51 euros, homogeneizando el incremento con el puesto de auxiliares.

— Código del puesto 52: Modificar el código del puesto al 53.

— Código del puesto 53: Homogeneizar con el código del puesto 13.

— Código del puesto 54: Incrementar el complemento específico en la cantidad de 20,00 euros, homogeneizando el complemento específico con el resto del grupo de auxiliares.

— Código del puesto 55: Incrementar el complemento específico en la cantidad de 66,51 euros, debido al incremento de funciones.

— Código del puesto 55bis: Homogeneizar dos puestos con el código del puesto 13 y otro con el código del puesto 55.

— Código del puesto 55ter: Homogeneizar con el código del puesto 52.

— Código del puesto 55quater: Homogeneizar con el código del puesto 13.

— Código del puesto 56: Homogeneizar con el código del puesto 40.

— Código del puesto 58: Modificar el código del puesto al 56.

— Código del puesto 58bis: Modificar el código del puesto al 56bis e incrementar el complemento específico en la cantidad de 45,79 euros homogeneizando con el complemento específico del puesto de auxiliares.

— Código del puesto 58ter: Modificar el código del puesto al 56ter.

— Código del puesto 58quater: Modificar el código del puesto al 56quater.

— Código del puesto 59: Modificar el código del puesto al 57.

— Código del puesto 59bis: Modificar el código del puesto al 57bis.

— Código del puesto 60: Modificar el código del puesto al 58 y la denominación del mismo a Jefe/a de Servicios a la Ciudad. Incrementar el complemento específico en la cantidad de 242,56 euros debido al aumento de responsabilidad al asumir la jefatura de un servicio.

— Código del puesto 61: Homogeneizar con el código del puesto 40.

— Código del puesto 63: Modificar el código del puesto al 59. Incrementar el complemento específico en la cantidad de 264,41 euros y subir el complemento de destino al 25. Todo ello, homogeneizando con los puestos de Coordinadores de Servicios Sociales, Empleo y Responsable del Centro de Información Juvenil.

— Código del puesto 64: Modificar el código del puesto al 60 y la denominación del mismo a Subinspector/a.

— Código del puesto 65: Homogeneizar con el código del puesto 13.

— Código del puesto 66: Modificar el código del puesto al 61 y la denominación del mismo a Coordinador/a de Servicios Sociales.

— Código del puesto 67: Homogeneizar con el código del puesto 13.

— Código del puesto 68: Homogeneizar con el código del puesto 13.

— Código del puesto 69: Modificar el código del puesto al 62 e incrementar el complemento específico en la cantidad de 187,85 euros y subir el complemento de destino al nivel 22, homogeneizando con los puestos de Delineante e Inspector/a de Consumo.

— Código del puesto 70: Modificar el código del puesto al 63 e incrementar el complemento específico en la cantidad de 288,10 euros, debido al incremento de funciones y dificultad técnica en el desempeño del puesto.

— Código del puesto 71: Homogeneizar con el código del puesto 40.

— Código del puesto 72: Modificar el código del puesto al 64 e incrementar el complemento específico/puesto en la cantidad de 65,58 euros, homogeneizando con el complemento específico del puesto de auxiliares.

— Código del puesto 73: Modificar el código del puesto al 65 y la denominación del mismo a Jefe/a del Área de Régimen Jurídico-Administrativo. Incrementar el complemento específico en la cantidad de 275,95 euros, debido al aumento de responsabilidad al asumir la jefatura de un área, así como al incremento de funciones relacionadas con los servicios administrativos propios del servicio de Urbanismo y generales del Ayuntamiento de Tres Cantos.

— Código del puesto 74: Homogeneizar con el código del puesto 13.

— Código del puesto 75: Modificar el código del puesto al 66 y la denominación del mismo a Letrado/a.

— Código del puesto 76: Modificar el código del puesto al 67 y la denominación del mismo a Ingeniero/a Civil.

— Código del puesto 77: Modificar el código del puesto al 68.

— Código del puesto 78: Modificar el código del puesto al 69.

Contra el citado acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso potestativo de reposición ante el Pleno durante el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente en que pierda vigencia la suspensión de los plazos administrativos determinada en la Disposición Adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo y sus prórrogas, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid que por turno corresponda en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente en que pierda vigencia dicha suspensión o sus posibles prórrogas. Se advierte que la interposición del recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución.

Tres Cantos, a 27 de abril de 2020.—La concejala-delegada de Policía, Movilidad y Recursos Humanos, María del Mar Sánchez Chico de Guzmán.

(03/9.791/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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