Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 105

Fecha del Boletín 
02-05-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200502-5

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

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Madrid número 12. Procedimiento 529/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 12 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 529/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. ADELMO ENRIQUE MORLES COLMENARES frente a INFINITY STAR SL y OMEGA CGR TELECOM S.L. sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado Sentencia de fecha 27/03/2020 cuya parte dispositiva literalmente dice:

Que, estimando íntegramente la demanda formulada por D. Adelmo Enrique Morales Colmenares frente a Omega CGR Telecom, S. L., debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 2386,67 euros, así como al interés del diez por ciento sobre esta cantidad.

Notifíquese la presente a las partes, haciéndoles saber que contra la misma, que es firme, no cabe recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, juzgando en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciendo saber que el plazo para recurrir o, en su caso, el conferido para subsanar o evacuar un requerimiento queda suspendido hasta tanto en cuanto se alcen las suspensiones de términos y plazos procesales acordados por el Real Decreto 463 del 2020, y por el CGPJ se ponga fin a dichas suspensiones.

Y para que sirva de notificación en legal forma a INFINITY STAR SL y OMEGA CGR TELECOM S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a quince de abril de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/9.675/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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