Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 107

Fecha del Boletín 
05-05-2020

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200505-31

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CIEMPOZUELOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

31
Ciempozuelos. Régimen económico. Modificación calendario fiscal

A los efectos de notificación colectiva, y de conformidad con los artículos 102 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre; 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se hace público que por resolución de la señora alcaldesa-presidenta número 845/2020, de 6 de abril de 2020, se dejan sin efectos las fechas de pago en período voluntario señaladas en las resoluciones 446 y 448, ambas del 14 de febrero de 2020, relativas al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM) y a la tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local con el mercadillo municipal (primer semestre), que fueron publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 59, del día 10 de marzo de 2020.

Asimismo, se hace saber que por resolución de la alcaldesa-presidenta número 915, de 28 de abril de 2020, se ha dispuesto cuanto sigue:

Aprobar las fechas de cobro en período voluntario del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica ejercicio 2020 (IVTM 2020), quedando comprendidas entre el 15 de mayo y el 17 de agosto 2020, ambos inclusive. La fecha prevista para el cargo de los recibos domiciliados de este tributo es el 20 de mayo de 2020.

Con tal finalidad,

1.o Queda expuesta al público en la Tesorería y en la Recaudación Municipal, durante el plazo de quince días la correspondiente lista cobratoria.

2.o Modalidad de cobro: exclusivamente mediante la presentación del recibo de pago a través de las entidades que tienen atribuida la condición de Entidad Colaboradora en la Recaudación del Ayuntamiento de Ciempozuelos: Bankia, S. A.-Eurocaja Rural, S. C. C.-Banco Santander, S. A.-Unicaja Banco, S. A.

3.o Lugares, días y horas de ingreso: en cualquier oficina de las entidades anteriormente relacionadas en días y horario de atención al público.

4.o Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los correspondientes recargos ejecutivos, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se establezcan.

Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este anuncio, recurso de reposición, previo al recurso contencioso-administrativo, ante el órgano que dictó el acto, sin perjuicio de que puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.

En Ciempozuelos, a 28 de abril de 2020.—La alcaldesa-presidenta, Raquel Jimeno Pérez.

(02/9.880/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200505-31