Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 107

Fecha del Boletín 
05-05-2020

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200505-42

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES

RÉGIMEN ECONÓMICO

42
Torrelodones. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la convocatoria de subvenciones económicas a clubes deportivos y deportistas individuales que compitan fuera del ámbito de la Comunidad de Madrid 2019.

BDNS: 504034

De conformidad a lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2000, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://minhap.gob.es/bdnstrans).

Primero. Beneficiarios.—Clubes deportivos y deportistas individuales.

Segundo. Objeto.—Concesión de ayudas del Ayuntamiento de Torrelodones destinadas a clubes deportivos y deportistas individuales, radicados en este término municipal, para financiar las siguientes acciones:

1. Competición en que exija viajar fuera de la Comunidad de Madrid, dentro de la península ibérica.

2. Competición que exija viajar a Europa, a las islas Canarias, Islas Baleares, Ceuta y Melilla.

3. Competición que exija viajar fuera de Europa.

Tercero. Bases reguladoras.—Las bases reguladoras fueron aprobadas mediante resolución de Alcaldía 626/2020, firmada digitalmente el 24 de marzo de 2020, y se encuentran publicadas en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Torrelodones (https://sede.torrelodones.es).

Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria será de 14.000 euros, con cargo a la partida 3420.48000 del vigente presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Torrelodones para el ejercicio 2020.

Quinto. Plazo de presentación.—El plazo de presentación de la solicitud será de quince días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en su apartado 1, establece que: “Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo”.

Por tanto, el plazo de quince días naturales para la inscripción en esta convocatoria, en el caso de que se publique estando vigente el estado de alarma, estará suspendido “ab initio” (sin contar plazo alguno) hasta la finalización del estado de alarma con sus prórrogas, momento a partir del cual podrá comenzar a contarse el plazo de presentación de solicitudes.

Torrelodones, a 27 de abril de 2020.—El alcalde, Alfredo García-Plata Fernández.

(03/9.827/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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